Par
Editorial París
Publicado el
3 de diciembre 2024 a las 7:46 a.m.
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Fue corregido. El tribunal administrativo de París desautorizó una estudiante de derecho de la Universidad París 1 Panthéon-Sorbonne, que cuestionó la legalidad de la sanción que le fue impuesta en junio de 2023 después de haber dado “vueltas” y “enredado el dedo en las bragas” de una compañera víctima de violencia sexual en el pasado.
“Actos cometidos fuera de la universidad”
Por estos hechos, el demandante recibió una simple exclusión suspendida de dieciocho meses, pero prefirió emprender acciones legales para que se censurara esta “sanción desproporcionada”, que se basaba en hechos que presentaban “una personaje mentiroso “. “No es probable que sean catalogados como agresión sexual”, consideró su abogado.
“Los hechos tuvieron lugar fuera de la universidad y no tienen relación con el funcionamiento del establecimiento”, explicó el consejo parisino. Si los hechos controvertidos pudieron perturbar el funcionamiento de la universidad, fue gracias a la decisión de la Sra. X. de darles una amplia publicidad. » El procedimiento seguido por la Sorbona “no estuvo precedido de ninguna investigación preliminar” y expuso a su cliente a “ una venganza lo que atentaba contra su dignidad”, se quejó también el abogado de este estudiante entonces en el primer año de la carrera.
Su cliente criticó a la universidad por haber hecho “uso oportunista”de su poder disciplinario para vengarse de su padre. Por lo tanto, el estudiante quería que el tribunal administrativo de París “ordenara” a la universidad “publicar” la sentencia “en la universidad y en su intranet”: de hecho, la sanción que le afectaba ya había sido publicada “anónimamente” en los mismos lugares.
El estudiante admitió los hechos.
“La circunstancia de que MX fuera elegido del sindicato Puls -del cual [le requérant] sostiene que tenía enemistad con su padre –y jefe del Departamento de Idiomas de la universidad, en la alta capacidad de molestiano constituye en sí mismo una razón objetiva para cuestionar su imparcialidad”, comienza evacuando el tribunal en sentencia de 2 de octubre de 2024, que acaba de hacerse pública.
La decisión también señala que el estudiante de Derecho había “reconocido” haber “enredado su dedo en el costado de las bragas” de su víctima y que este gesto había “provocado la salida apresurada” de esta última de la “fiesta” que organizaba. en casa de su madre el 24 de febrero de 2023. “Este gesto, dado su inapropiación con sus posibles repercusiones para la Sra.
“Los hechos alegados se refieren a dos estudiantes universitarios y fueronconsecuencias en la escolaridadde la Sra. Estos hechos llevaron a varios estudiantes a tomar partido a favor o en contra del Sr. XXX. »
La estudiante, por su parte, había declarado que su amigo había empezado a “follarla” mientras ella estaba de espaldas, antes de “deslizarle la mano en los pantalones” y “bajarle las bragas dos veces”. “Estos hechos, no consentidos, estuvieron en el origen de ataques de insomnio y ansiedad así como una modificación del protocolo de medicación prescrito por su psiquiatra”, señala el tribunal administrativo de París.
Una versión “cambiante” de la víctima
En su defensa, el demandante había presentado la versión “cambiante” de su acusador y la había explicado mediante “su consumo de alcohol y drogas» y “actos previos de violencia sexual de los que fue víctima”. “Se basa también en los certificados de las personas presentes, incluido el establecido por otro participante que, mientras jugaba videojuegos en el momento del incidente, indica “no haber visto ni oído nada sospechoso que pudiera haberlo cuestionado”, resume en pocas palabras el tribunal administrativo de París.
Pero “si […] EM. […] “Daría una interpretación “desproporcionada” de los hechos y habría variado en su descripción del señor la materialidad de los hechos”, conserva.
” Además […]MX – que no aprovecha […] que una relación amistosa con la persona interesada […] – escuchado varias vecesdisculparsepor su comportamiento, desde el comienzo de la obra de la señora X. hasta los días siguientes”, subrayan los jueces parisinos. “También surge de los términos sistemáticos […] de MX que había escuchado “probando los límites” con la Sra.
Finalmente, si la estudiante de Derecho sostuvo que estos hechos no podían ser calificados de agresión sexual en la medida en que la estudiante “retiró” su denuncia penal, esta calificación “no fue mantenida por el comité disciplinario” y su argumento es, por tanto, “ineficaz”. Tenía hasta el 2 de diciembre de 2024 para apelar la sentencia.
/ED (Presione pimienta)
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