absolución revocada tras actos sexuales

absolución revocada tras actos sexuales
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La justicia de Friburgo debe examinar de nuevo un caso de abuso contra una joven que padece retraso mental. El Tribunal Federal anula la absolución del autor por graves deficiencias en la evaluación de la discapacidad de la víctima.

El Tribunal Federal considera que los jueces de Friburgo concluyeron los hechos de manera manifiestamente inexacta y valoraron las pruebas de manera arbitraria. (imagen ilustrativa)

PIEDRA CLAVE

En 2019, la joven, originaria de Medio Oriente, mantuvo relaciones íntimas con un compatriota. Tanto el Tribunal de Distrito como el Tribunal Cantonal rechazaron las acusaciones de actos sexuales cometidos contra una persona incapaz de discernimiento o resistencia. Estas dos autoridades consideraron que el imputado no fue capaz de darse cuenta del retraso mental comprobado de la víctima.

En sentencia publicada el miércoles, el Tribunal Federal anula esta sentencia. Considera que los jueces de Friburgo llegaron a una conclusión manifiestamente inexacta sobre los hechos y valoraron las pruebas de manera arbitraria.

Según la sentencia recurrida, la víctima “habría sido capaz de no presentar signos sugestivos de su incapacidad”. Su déficit cognitivo “no sería obvio para las personas que la rodean” todos los días. Además, esta “hermosa joven de cuerpo armonioso” lograría comprender el entorno en el que vivía y podría parecer “relativamente normal”.

Artículos ignorados

Al hacerlo, la instancia anterior desconoció parte de las conclusiones del Ministerio Público, del perito psiquiatra, así como de las declaraciones de familiares y profesionales que siguen a la víctima. El tribunal de distrito, e incluso el tribunal cantonal, se basaron en la transcripción de su audiencia y no en el vídeo.

Como la joven estaba exenta de comparecer ante estos dos órganos, los jueces de Friburgo nunca la vieron, subraya el Tribunal Federal. Sin embargo, su actitud general, su silencio ante las preguntas, sus dificultades para comprender y hablar habrían contribuido a determinar la impresión que pudo dejar en el acusado, es decir, el elemento subjetivo del delito.

El asunto se devuelve a los tribunales de Friburgo, encargados de examinar de nuevo los elementos que fueron erróneamente excluidos. (sentencia 7_94 y 95/2023 de 28 de agosto de 2024)

aula, ats

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