Covid-19: alega suplantación de identidad para no devolver la ayuda recibida

Covid-19: alega suplantación de identidad para no devolver la ayuda recibida
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© HJBC/AdobeStock

– El Tesoro Público emitió documento de cobro el 30 de noviembre de 2021.

El enfoque es, cuanto menos, audaz. Viernes 19 de abril, aprendemos Noticias de Parísel tribunal de París refutó los argumentos de un hombre quien había invocado un “usurpación de identidad” después de haber recibió ayuda de Covid. Entre marzo y noviembre de 2020, en plena crisis sanitaria, el empresario había recibido una “ayuda excepcional” en el marco del Fondo solidario para empresas impactadas por las “consecuencias económicas, financieras y sociales” de la pandemia de Covid-19, por un total de 23.000 euros.

Equivocadamente había decidido el Tesoro Público, que había emitido un documento de cobro el 30 de noviembre de 2021. Negándose a devolver la ayuda que consideraba legítimamente obtenida, recurrió ante el tribunal administrativo de París, alegando que no había “nunca se benefició de las sumas reclamadas”. Según él, en realidad habría sido víctima de robo de identidad, por lo que presentó denunciae el 13 de diciembre de 2023. Sin embargo, esta línea de defensa fue refutada continuamente por los jueces durante el juicio.

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¿Una denuncia tardía?

En primer lugar, la cuestión de los pagos. El empresario, que había presentado varias solicitudes de ayuda excepcional, declaró que el dinero había sido pagado “en dos cuentas bancarias de las que no tenía conocimiento”. Sin embargo, el tribunal administrativo de París observó en su sentencia que De hecho, el dinero había sido ingresado en la cuenta bancaria que el hombre mencionó antes. en sus solicitudes de ayuda, que incluían su número fiscal. una cuenta, tiene confirmado tu bancoabierto con todos los documentos justificativos requeridos (licencia de conducir, documento de identidad, comprobante de domicilio).

Un revés que no desconcertó al hombre, que siguió afirmando que no estaba “no es el titular de esta cuenta bancaria”. Su denuncia también fue cuestionada, ya que fue interpuesto tras la reclamación del Tesoro Público. Además, no pudo dar ninguno “aclaración sobre la continuación del procedimiento”. En consecuencia, el tribunal concluyó lógicamente que no podía reclamar la anulación de esta decisión y Por tanto, deberá devolver los 23.000 euros.

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