Durante una auditoría fiscal, la administración constató que un abogado había presentado tarde su declaración del IVA dos veces a lo largo de un año. Un error que, según ella, hace que el abogado, establecido en una zona franca, pierda el beneficio de su exención del impuesto sobre las ganancias…
Sólo si los 2 retrasos son sucesivos durante el año, cuestiona el abogado. Pero este no es el caso: aunque presentó su declaración a finales de febrero y diciembre, presentó a tiempo la de noviembre. Por lo tanto, no se puede cuestionar su exención fiscal… Excepto que basta con un 2Dakota del Norte retraso durante el año para cuestionar la exención del impuesto, sea o no consecutiva a 1esrecuerda la administración tributaria…
Así lo confirma el juez que aquí coincide: la exención del impuesto sobre la renta no se aplica durante un año durante el cual se constatan 2 retrasos en la presentación de la declaración, independientemente de que se sucedan o no…
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