cuando las empresas intentan limitar la compensación a los viajeros

cuando las empresas intentan limitar la compensación a los viajeros
cuando las empresas intentan limitar la compensación a los viajeros
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lLos veraneantes pueden marcharse tranquilos: si su avión llega a su destino con un retraso de más de tres horas y pretenden beneficiarse de la compensación (de 250 a 600 euros) a la que les da derecho el reglamento europeo 261/2004, podrán continuar confiar esta misión a una empresa de asistencia al pasajero aéreo (AirHelp, Flightright, Air-Indemnity, RefundMyTicket, RetardVol, AirRefund, etc.).

Estas empresas, la pesadilla de las empresas, se encargan de los tediosos procedimientos a cambio de una comisión (del 30% al 35%) sobre el importe pagado. En caso de litigio, ellos mismos emprenden acciones legales, con abogados especializados en derecho aeronáutico. Cuando su acción tiene éxito, añaden, en su mayor parte, costes, aunque su deducción total no supera el 50% de la indemnización adeudada. Por tanto, el pasajero recibe al menos la mitad sin haber movido un dedo.

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Algunas empresas han intentado obstaculizar su actividad introduciendo en sus contratos de transporte una cláusula que prohíbe a sus clientes utilizarlos. La española Air Europa introdujo así una disposición que estipulaba que “ los derechos que pertenecen al pasajero se atribuyen a su persona y [que] su transferencia no está autorizada ».

Incompatibilidad

La empresa de consultoría Eventmedia Solutions SL, a la que seis viajeros habían confiado la tarea de recuperar su indemnización, interpuso entonces acciones judiciales en España, alegando que tal prohibición era contraria al Reglamento 261/2004 (artículo 15). Esto especifica, de hecho, que “obligaciones hacia los pasajeros (…) no puede limitarse ni renunciarse, en particular mediante una cláusula derogatoria o restrictiva que figure en el contrato de transporte”.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ante el juzgado mercantil de Palma de Mallorca, falló favorablemente el 29 de febrero 2024 (C-11/23): tal disposición, que impide al pasajero “ceder su deuda a un tercero, para evitar dificultades y costes que puedan disuadirle de tomar medidas personales para una cuestión financiera limitada”no es compatible con el reglamento.

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“Esta sentencia europea confirma una decisión que el tribunal comercial de París dictó a nuestro favor”, explica Anaïs Escudié, fundadora de RetardVol. Fr: el 14 de junio de 2023, este tribunal falló “ no escrito »porque, creando “un desequilibrio significativo entre los derechos y obligaciones de las partes”una cláusula de empresa La española Vueling, exigiendo al cliente que le presente su reclamación “directamente” y concédele “un plazo de treinta días antes de recurrir a un tercero”. Así, el tribunal hizo públicos los expedientes de 257 pasajeros.

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