En los albores de 2025, las empresas marroquíes, grandes o pequeñas, entran en una fase decisiva con la entrada en vigor de la tercera y última etapa de la Ley 69.21, que modifica la Ley 15.95 del Código de Comercio.
Este punto de inflexión, que afecta a los plazos de pago, promete redefinir las prácticas contables y comerciales, apuntando a un gran segmento de empresas, incluidas las muy pequeñas (VSE), hasta ahora al margen de estas regulaciones.
Nueva era para los plazos de pago: calendario progresivo y sanciones disuasorias
A partir del 1 de enero de 2025, todas las transacciones comerciales, sin excepción, deberán cumplir con las nuevas disposiciones. Se acabó el límite máximo de 10.000 dírhams y se da paso a una transparencia total con la obligación de presentar declaraciones trimestrales. Los rezagados, por su parte, tendrán que pagar ahora un alto precio: sanciones indexadas al tipo de interés oficial del Banco Al-Maghrib, actualmente fijado en el 2,5% durante el primer mes de retraso, luego en el 0,85% por cada mes o fracción adicional de un mes. Una factura elevada que debería animar a las empresas a revisar su gestión de pagos.
La aplicación de la ley se llevó a cabo en varias fases. En julio de 2023, las grandes empresas con una facturación de más de 50 millones de dírhams fueron las primeras en cumplirlo. En enero de 2024, fue el turno de las medianas empresas, que generan entre 10 y 50 millones de dírhams, de sumarse al grupo. A partir de ahora también se verán afectadas las pequeñas estructuras, con un volumen de negocios de entre 2 y 10 millones de dírhams.
La mecánica es implacable. Todas las facturas, independientemente de su importe, se regirán por plazos estrictos: 60 días por defecto y hasta 120 días si se acuerda entre las partes. Para determinados sectores, podría aplicarse un período excepcional de 180 días, sujeto a un decreto especial y a la aprobación del Consejo de Competencia. En caso de incumplimiento, se aplicarán sanciones económicas que oscilarán entre 5.000 y 250.000 dirhams, en función del volumen de negocios de la empresa.
Fuerte señal para la economía
Más allá de su alcance regulatorio, esta reforma envía un mensaje claro: la laxitud en los pagos ya no tiene cabida en la economía marroquí. Imponiendo normas estrictas y sanciones severas, el legislador espera agilizar las transacciones comerciales y proteger a las empresas de pagos atrasados que perjudican su flujo de caja.
Los contables y los departamentos financieros, ya sobrecargados a finales de año, están trabajando arduamente para adaptar sus prácticas a este nuevo entorno. Ya no es momento de postergar las cosas: cada día cuenta y se avecina el hacha de las sanciones financieras. Esta dinámica, aunque ambiciosa, podría plantear desafíos para las estructuras pequeñas, a menudo menos equipadas para hacer frente a estos nuevos requisitos administrativos.
Entre la oportunidad de modernización y el miedo a las sanciones, la Ley 69.21 impone una nueva disciplina, que bien podría marcar el fin de las prácticas anárquicas en los pagos comerciales. Queda por ver si los empresarios, grandes y pequeños, serán capaces de adaptarse a esta nueva situación… o si seguirán intentando jugar con los plazos, a riesgo de tener que pagar con intereses.
El duro invierno de los vagabundos
La entrada en vigor de la Ley 69.21 marca, por tanto, un ambicioso punto de inflexión en la limpieza de las prácticas comerciales en Marruecos. Sin embargo, detrás de este esfuerzo legislativo se esconden importantes desafíos estructurales que corren el riesgo de frenar su impacto. Las grandes empresas, con sus recursos y experiencia, parecen estar mejor equipadas para adaptarse que las PYME y las VSE.
Además, la cuestión de la aplicación efectiva de estas medidas sigue siendo fundamental. Si las grandes empresas cuentan con supervisión para garantizar que se respeten los plazos de pago, el seguimiento de las VSE y las PYME, a menudo numerosas y dispersas por todo el país, corre el riesgo de suponer un dolor de cabeza logístico para las autoridades. Sin mencionar que las disputas comerciales, que ya consumen mucho tiempo, podrían experimentar una inflación significativa en los tribunales.
Por último, el éxito de esta reforma también dependerá de la voluntad de los actores económicos de seguir el juego, porque más allá de las sanciones, se espera un cambio de cultura: el de un compromiso más ético y responsable hacia los socios comerciales. Por tanto, la Ley 69.21 abre una puerta, pero corresponde a las empresas, grandes y pequeñas, dar el paso para construir un entorno económico más saludable y sostenible. El invierno de los malos pagadores apenas ha comenzado… y promete ser duro.