En un discurso a la nación, el presidente de la República, Bassirou Diomaye Diakhar Faye, convoca a los senegaleses a las urnas el 17 de noviembre de 2024, tras disolver la Asamblea Nacional. Organizó así elecciones legislativas anticipadas que permitieron a los senegaleses elegir 165 diputados. Para una mejor representación de las fuerzas políticas locales y nacionales, el código electoral utiliza un sistema de votación que combina dos métodos: votación mayoritaria y votación proporcional. El RTS te lo explica todo.
Operación de la papeleta
Por mayoría de votos, cada departamento del país vota para elegir diputados. Los candidatos de la lista más votada ganan todos los escaños de ese departamento, incluso si están sólo un voto por delante de las otras listas. Se trata de 46 departamentos de Senegal y de los 8 departamentos de la diáspora. Este método garantiza una fuerte representación de los candidatos apoyados localmente, a diferencia del voto proporcional basado en el porcentaje nacional.
La votación proporcional permite que a los partidos se les asignen escaños en función del porcentaje total de votos que obtienen a nivel nacional. Por ejemplo, 53 escaños se distribuyen de esta manera: cuantos más votos obtenga una lista a nivel nacional, más escaños obtendrá en la Asamblea. Se utiliza un “cociente electoral” para dividir el número total de votos por el número de escaños disponibles.
Distribución de 165 plazas
Establecido por el artículo 6 del Decreto N° 2024-1981 del 13 de septiembre de 2024 convocando al electorado para las elecciones legislativas anticipadas del domingo 17 de noviembre de 2024, se mantiene la misma distribución que durante las elecciones legislativas del 31 de julio de 2022.
Los ciudadanos elegirán 165 diputados para formar parte de la Asamblea Nacional, según el artículo L.150 del código electoral. Esta distribución se basa en un sistema mixto que combina tanto el voto mayoritario (112 diputados, de los cuales 97 a nivel nacional y 15 a nivel de la diáspora) como el voto proporcional (53 diputados, de conformidad con el apartado 1 del artículo L.150). La cuestión de la distribución surge con frecuencia. En realidad, la distribución de los escaños que deben cubrirse por mayoría se realiza principalmente por decreto, teniendo en cuenta criterios demográficos, como especifica el artículo L.151, apartado 1, del código electoral.
El artículo L.151 estipula que cada departamento senegalés puede elegir entre uno y siete diputados, en función de su población. Los departamentos de más de 170.000 habitantes obtienen un mínimo de dos escaños. Esto garantiza una representación más justa de las zonas densamente pobladas, al tiempo que garantiza la cobertura nacional.
Distribución por región
La región de Dakar, capital y mayor conurbación del país, ocupa el primer lugar con 18 diputados repartidos entre los departamentos de Dakar (7), Pikine (5), Guédiawaye (2), Keur Massar (2) y Rufisque (2). Le sigue la región de Thiès, que cuenta con un total de 10 escaños, repartidos entre los departamentos de Thiès (4), Mbour (4) y Tivaouane (2). Diourbel completa el trío de cabeza con 9 diputados, repartidos entre Mbacké (5), Diourbel (2) y Bambey (2).
Los departamentos de Tambacounda y Sédhiou se benefician de 7 y 6 escaños respectivamente. Asimismo, las regiones de Saint-Louis, Kolda, Kaffrine y Louga tienen cada una 6 escaños, lo que garantiza una cobertura amplia y diversificada de las regiones. Las regiones con poblaciones más modestas, como Matam, Kaolack, Fatick y Ziguinchor, tienen entre 5 y 6 diputados, mientras que Kédougou, región escasamente poblada, tiene 3. Cabe señalar que algunos departamentos se ven favorecidos en detrimento de otros debido a su peso demográfico, estando algunos más poblados que otros.
Representación de los senegaleses en el extranjero
Para representar a los senegaleses en el extranjero, se reservan 15 escaños a los departamentos de la diáspora. Esta distribución se basa en el número de senegaleses registrados en cada región del mundo. Las zonas más pobladas, como África Occidental, obtienen 3 escaños, al igual que Europa Occidental, Central y del Norte, así como el Sur de Europa. Oriente Medio, América y Oceanía, por su parte, comparten 1 escaño cada uno.
La ley senegalesa exige que cada coalición política presente una lista nacional para la votación proporcional. Sin embargo, la presencia de listas departamentales es opcional para el voto mayoritario, ofreciendo cierta flexibilidad a los partidos para representar a los ciudadanos a nivel local o nacional, según sus prioridades políticas.