El gobierno argelino publicó, el domingo 17 de noviembre de 2024, un decreto en el Diario Oficial que indica nuevas condiciones para el matrimonio en Argelia. Normativa que incluye análisis y reconocimientos médicos específicos y que deben aplicarse a todos los futuros cónyuges que deseen contraer matrimonio ante notario o registrador civil.
En efecto, el texto publicado pretende “fijar los términos y condiciones para la elaboración del certificado médico y la lista de exámenes y análisis necesarios antes del matrimonio”. La primera condición a respetar: el certificado médico que implica un reconocimiento médico “prenupcial obligatorio”.
Los objetivos del certificado prenupcial de matrimonio en Argelia
Al hacer obligatorio el certificado médico prenupcial, el Gobierno instaura un reconocimiento médico que tiene tres objetivos: evaluar el estado de salud de los futuros cónyuges, detectar patologías y factores de riesgo e informar sobre el estilo de vida, la salud reproductiva y la familia. planificación.
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El decreto también especifica que este examen debe ser realizado por un “médico en ejercicio de cada uno de los futuros cónyuges mediante una consulta médica, al final de la cual se expide un certificado médico prenupcial a cada uno de ellos”. Es decir, este certificado es imprescindible para la celebración del matrimonio ante un registrador civil o notario.
Antes de expedir un certificado médico a los cónyuges, el médico debe realizar una “entrevista minuciosa buscando antecedentes familiares o personales de patologías crónicas, enfermedades o malformaciones hereditarias, en particular anomalías cromosómicas, enfermedades genéticas y cardiopatías congénitas”. También tendrá que medir la presión arterial, el peso y la altura de todos y realizarles un examen clínico completo.
Análisis y exámenes obligatorios.
Para el examen clínico, el médico realizará análisis biológicos que incluyen la determinación del grupo sanguíneo (A, B, O, Rhesus) y exámenes serológicos para detectar toxoplasmosis, rubéola y sífilis. En cuanto a las pruebas biológicas recomendadas, recomienda la serología de la hepatitis viral B (VHB), la serología de la hepatitis viral C (VHC) y la serología del virus de la inmunodeficiencia humana (VIH).
Cabe señalar que el médico también puede prescribir otros exámenes biológicos en caso de signos o síntomas “que puedan conducir, en particular, a patologías de transmisión sexual”, y comprobar el historial médico de los futuros cónyuges. Una vez que los futuros cónyuges hayan realizado todos los exámenes médicos obligatorios y tomado nota de los resultados, podrán celebrar o no el matrimonio ante un notario o un registrador civil.
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