Cellou Diallo, Director de Compliance Ecobank Senegal, concedió una entrevista a nuestros compañeros de Lejecos. Según Diallo, el cumplimiento no es una opción, sino un requisito dentro de su empresa.
Sr. Diallo, si tuviera que definir el cumplimiento bancario, ¿qué diría?
Puede entenderse como procesos que garantizan que el comportamiento del banco, de sus directivos, de sus empleados, de sus socios y de sus accionistas se adhiera a las normas legales y éticas que les son aplicables. En este contexto, los procesos en cuestión involucran a todos los componentes del banco, desde la dirección general hasta los empleados, pasando por los socios y todas las partes interesadas. Hay, por tanto, dos aspectos: el aspecto regulatorio y legal, así como el aspecto ético.
Como lo demuestran las recientes sanciones impuestas por el Bceao a determinados bancos de la zona, se han constatado deficiencias en el sector bancario en la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. En su opinión, ¿cómo puede el sistema de cumplimiento a este nivel? ¿Y cuáles son las dificultades operativas?
En cuanto a la mejora del sistema, la acción fundamental en mi opinión se relaciona con el apoyo de las partes interesadas internamente (gerentes, personal, etc.) y externamente (socios, clientes, etc.). Es importante que se comprendan bien los problemas para una implementación adecuada del sistema de cumplimiento. En este contexto, hay que hacer hincapié en la formación y la sensibilización. La idea es que más allá de las sanciones que se esgrimen, debemos hacer entender a la gente los problemas y el propósito del cumplimiento. Y desde este punto de vista, voy a citar a Marie Anne Frisson Roche, directora del Journal of Regulatory & Compliance……, quien dijo que “Compliance es la búsqueda de objetivos monumentales”. Y estos objetivos monumentales pueden ser de naturaleza negativa, como prevenir el lavado de dinero, la corrupción, la trata de personas, o de manera positiva, como obtener la protección del medio ambiente, los datos personales, la igualdad entre los seres humanos y el todo convergente hacia un objetivo unificado que es la protección de los Humanos.
Para que conste, el problema del cumplimiento nació con la crisis de 1929 en Estados Unidos. Por tanto, la iniciativa tenía como objetivo prevenir riesgos sistémicos. Es este papel de prevención el que debemos percibir, más que sanciones que, ciertamente, son un medio de presión.
En cuanto a las dificultades operativas, en la práctica el cumplimiento probablemente distorsiona las reglas para una competencia sana entre bancos. Cuando no hay armonización en la aplicación de las reglas de cumplimiento, esto puede ser una fuente de competencia no saludable en la adquisición y retención de clientes entre un banco que aplica rigurosamente las reglas y otro que lo hace menos.
¿Cómo aborda Ecobank el aumento de los requisitos de cumplimiento?
Desde muy temprano, Ecobank ocupó una posición pionera en el mercado subsahariano. Además de los bancos occidentales, somos uno de los primeros bancos africanos en establecer un departamento de cumplimiento independiente de otras funciones. Para nosotros el cumplimiento no es una opción, es un requisito. Tenemos tolerancia cero ante el riesgo de incumplimiento. Esto le indica que Ecobank no hace concesiones con respecto a este riesgo. No podemos hacer menos porque, cabe recordar, Ecobank cotiza en tres bolsas de valores (Bolsa de Nigeria, Bolsa de Ghana y BRVM) en África, con requisitos de presentación de informes que se alinean con los estándares internacionales.
Además, debido a sus altos estándares ALD/CFT, el grupo Ecobank logra mantener las relaciones de corresponsalía bancaria de sus filiales que operan en países clasificados como de “alto riesgo” por el GAFI. Sin embargo, si no se cuenta con un marco contra el lavado de dinero que cumpla con los estándares internacionales, no se pueden tener y mantener estas relaciones de banca corresponsal.
En términos de gobierno, ¿existe independencia entre la función de Cumplimiento y la dirección general?
Nuestras filiales en la zona UEMOA pertenecen a un grupo bancario y desde este punto de vista, cumplimos con los requisitos de lo dispuesto en el artículo 30 de la circular 01-2017 relativo al gobierno de las instituciones de crédito y empresas financieras de la ‘UMOA; las funciones de control están adscritas jerárquicamente a las funciones de control del grupo y sobre temas de cumplimiento, reportamos periódicamente a la gerencia general y trimestralmente al directorio de la filial a través de su comité de auditoría y cumplimiento.
Durante fusiones y adquisiciones, creación de JV u otro tipo de inversiones, ¿realizan sistemáticamente due diligence de cumplimiento específico?
Pregunta interesante porque se refiere a los requisitos de las Recomendaciones 10 y 24 del GAFI, que tratan respectivamente de la debida diligencia con el cliente y la transparencia en el beneficiario final. Durante estas fusiones y adquisiciones, o JV, si no logramos identificar a los beneficiarios finales o a quienes están detrás de ellos, esto podría ser una oportunidad para que los delincuentes financieros oculten el producto de sus actividades delictivas. Por tanto, es importante realizar investigaciones sobre estos beneficiarios reales. En el contexto africano, la dificultad que tenemos está relacionada con la debilidad de las infraestructuras que no permiten el acceso a la información y la centralización de los registros. En el sector minero, por ejemplo, los estándares EITI ahora exigen el establecimiento de un registro de beneficiarios reales.
¿Los intereses de ingresos socavan los esfuerzos para gestionar y mitigar las deficiencias y los riesgos de cumplimiento?
Es más bien un error ver cosas así, porque no hay dualidad entre los ingresos del banco y los requisitos de cumplimiento. Ciertamente hay que encontrar una dosis sutil para reconciliar ambas cosas. Como dije antes, es importante enfatizar la capacitación y la concientización con el objetivo de fomentar la apropiación por parte de las partes interesadas. Ciertamente el cumplimiento tiene un costo pero es más una inversión que un gasto.
El cumplimiento, como afirmó el profesor Mahmoud Mouhamad SALAH, profesor de la Universidad de Nuakchot, no es un lujo, es la condición para un desarrollo económico vinculado a valores universalmente reconocidos, un medio para conciliar el respeto de las normas éticas con la exigencia de eficiencia.
Siendo fundamental la imagen de un banco, ¿por qué el BCEAO no publicaría la lista de bancos no conformes para fomentar un mayor rigor?
Me gustaría recordarles que hace diez o quince años ni siquiera había sanciones, por lo que si hoy estamos en este nivel demuestra que estamos progresando.
¿Dispones de una herramienta tecnológica como la Inteligencia Artificial (IA) capaz de adaptarse al aumento del volumen y complejidad de las transacciones?
La IA representa una oportunidad en el seguimiento de transacciones, para detectar comportamientos inusuales u operaciones complejas, que no parecen tener una justificación económica y que pueden estar vinculadas a operaciones de blanqueo de capitales. En términos de detección de transacciones sospechosas, tenemos la obligación de implementar herramientas y medios adecuados.
Con IA y aprendizaje automático, todo esto se hace en tiempo real a partir de un sistema de alertas. Esto es muy importante, sobre todo porque nos permitirá optimizar el uso de los recursos humanos destinados a Compliance.
Con Revista Lejecos