A partir del 1 de julio, la custodia policial se alinea con la ley europea – POLICEtcetera

A partir del 1 de julio, la custodia policial se alinea con la ley europea – POLICEtcetera
A partir del 1 de julio, la custodia policial se alinea con la ley europea – POLICEtcetera
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Cuando se trata de imponer tapones soldados a las botellas de agua mineral, algo que enoja a más de uno, Francia acata sin demora, pero para adaptar nuestra legislación a la de la UE se demora. Este es el motivo de la ley general del 22 de abril de 2024 que modifica algunas de nuestras normas “en materia de economía, finanzas, transición ecológica, derecho penal, derecho social y materia agrícola”.

Una ley que aplica una directiva del Parlamento Europeo que data de hace más de diez años.

El procedimiento de detención policial se ve afectado por este texto que refuerza los derechos de las personas bajo custodia policial, en particular la imposibilidad de iniciar una audiencia sin la presencia de un abogado, y elimina el período de espera. Mientras aplica este lunes 1esEn julio, su práctica no será examinada hasta el día siguiente, durante una reunión, aparentemente informal, entre la Dirección de Asuntos Penales e Indultos (DACG), los presidentes de los tribunales, la policía y el Consejo Nacional de Abogados.

Hace quince días, Laureline Peyrefitte, directora del DACG, emitió una circular que detalla las modalidades de implementación de esta reforma, intentando, al menos en su presentación, minimizar los efectos restrictivos de estas nuevas reglas para los servicios a cargo de una misión de policía judicial, es decir, la policía, la gendarmería y la aduana.

No sé si por su parte la dirección general de la policía nacional ha dado las claves operativas a sus efectivos. Es cierto que hoy en día, en la plaza Beauvau, hay otros puntos de preocupación…

En cuanto al Consejo Nacional de Abogados, su circular data del 26 de junio.

Esta reforma refuerza el papel del abogado, hace casi obligatoria su presencia y concede a los detenidos un cierto derecho de comunicación con el “exterior”.

La fin du délai de carence

Hasta entonces, si el abogado del detenido no se hubiera presentado en un plazo de dos horas, la OPJ podría iniciar las audiencias sin él. Este período de espera no se aplica. A partir de ahora, la regla general es que ni las audiencias ni los careos podrán tener lugar en ausencia del abogado. Si el abogado designado no puede estar presente en el plazo de dos horas, corresponde a la OPJ ponerse en contacto con el Presidente del Colegio de Abogados para el nombramiento de un funcionario. A la espera de su llegada, sólo se podrá considerar un informe de identidad. El abogado está obligado a “comparecer sin demoras indebidas”. La demora deliberada probablemente podría considerarse una mala conducta profesional o un engaño procesal. (artículo 63-3-1)

Hay excepciones, pero son… excepcionales:

– La persona detenida bajo custodia policial renuncia expresamente a la presencia de un abogado mediante nota consignada en el acta y firmada.

– Previa autorización del Ministerio Público, mediante decisión escrita y motivada “ya sea para evitar una situación que pueda comprometer gravemente el proceso penal, o para impedir un atentado grave contra la vida, la libertad o la integridad física de una persona” (nuevo art. 63) -4-2-1)

Droit d’accès aux procès-verbaux d’audition et de confrontation

El abogado ahora puede consultar las actas de audiencia y careo, aunque no estuvo presente durante estos actos. No puede fotocopiarlos, pero puede tomar notas. A pesar de las constantes peticiones de la profesión, los abogados todavía no tienen acceso a todo el expediente.

Droit de prévenir toute personne 

Hasta la fecha, la persona detenida sólo podía notificarlo a un pariente cercano o a su empleador. A partir de ahora podrá avisar a la persona de su elección independientemente de su calidad y comunicarse con ella si así lo desea. Corresponde a la OPJ determinar si este contacto con el mundo exterior debe realizarse por escrito, por teléfono o en persona. Esta entrevista no puede exceder los treinta minutos. El investigador podrá decidir asistir.

Si esta notificación de terceros corre el riesgo de obstaculizar gravemente la investigación, el fiscal podrá, a petición de la OPJ, posponer cualquier contacto externo.

Mientras las relaciones se endurecen entre abogados (cada vez más litigantes) y magistrados (cada vez más desbordados), esta reforma de la custodia policial no facilitará las cosas, porque la ley aprobada en abril de 2024 es un mínimo respecto a la directiva europea. Tal como están las cosas, las apelaciones no son imposibles, sobre todo porque para las autoridades europeas, los fiscales no son considerados magistrados independientes, tanto por sus vínculos jerárquicos con el poder político como en la medida en que son partes interesadas en el juicio como representantes de la sociedad.

Reforma de la custodia policial: el abogado maestro de los relojes

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