Aplicación del IVA, desde…

Aplicación del IVA, desde…
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A partir del 1 de julio de 2024, Senegal aplicará un impuesto al valor agregado (IVA) a los servicios digitales prestados por proveedores en línea extranjeros y plataformas digitales extranjeras. Esta medida, prevista en el artículo 355 bis del Código General Tributario (CGI) de Senegal, tiene como objetivo ampliar la base imponible incluyendo los servicios digitales en la tributación.

Los servicios digitales prestados por empresas no residentes en Senegal estarán sujetos al IVA senegalés. Esto incluye servicios como streaming, descargas de contenido digital, anuncios en línea y otros servicios digitales.

La medida se aplica específicamente a los proveedores de servicios digitales con sede en el extranjero. Esto incluye importantes plataformas digitales como Netflix, Amazon, Google, Facebook y otras empresas que ofrecen servicios digitales a los usuarios senegaleses.

El objetivo de esta medida es garantizar que las empresas extranjeras también contribuyan a los ingresos fiscales de Senegal, del mismo modo que las empresas locales, y nivelar las condiciones entre los proveedores nacionales e internacionales.

Los proveedores extranjeros de servicios digitales deberán registrarse ante las autoridades tributarias senegalesas para recaudar y remitir el IVA sobre los servicios prestados a los consumidores en Senegal.

Esta iniciativa es parte de una tendencia global donde muchos países buscan gravar los servicios digitales para compensar la pérdida de ingresos fiscales debido al aumento de las transacciones en línea y regular la economía digital.

#Senegal

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