lo esencial
Durante su sesión parlamentaria, este jueves, la RN propone establecer penas mínimas para determinados delitos y faltas. ¿A qué corresponde este procedimiento legal ya aplicado en Francia entre 2007 y 2014? Y sobre todo, ¿es eficaz para reducir la reincidencia?
La Agrupación Nacional aprovecha su nicho parlamentario, este jueves 31 de octubre por la tarde, para proponer la reintroducción de las penas mínimas en Francia.
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La portavoz del Gobierno, Maud Bregeon, ya había indicado en el Senado público que el ejecutivo no apoyaría tal medida. Las penas mínimas “ya se han juzgado de 2007 a 2014 y no han demostrado su eficacia porque la reincidencia no ha disminuido”, afirma. ¿Es esto cierto? La Dépêche miró las cifras.
¿Cuál es el principio de penas mínimas?
En Francia, la justicia prevé penas máximas para castigar delitos y faltas, pero no sentencias mínimas. A esto corresponden las penas mínimas: se trata de impedir que una persona declarada culpable sea condenada sin prisión ni multa.
Instituidas en 2007 por Nicolas Sarkozy y abolidas en 2014 por François Hollande, estas sanciones se referían, en particular, ataques a personas que ostentan poderes públicos.
¿Son eficaces para reducir la reincidencia?
La ley sobre penas mínimas aprobada en agosto de 2007 introdujo duras penas mínimas contra los reincidentes, es decir, las personas condenadas por segunda vez por actos similares. Según una evaluación realizada a principios de 2024 por el Instituto de Políticas Públicas, la reforma fue seguida de efectos, en el sentido de que “vemos un aumento muy claro de las sanciones impuestas contra los reincidentes tan pronto como se adopte”.
En este caso, las sentencias firmes contra estos últimos fueron un 50% más altas, las sentencias suspendidas con libertad condicional 3 veces más altas.
Más “la ley no tuvo un efecto disuasorio a corto plazo”indica el organismo público. “A medio plazo, las personas que recibieron estas penas mínimas reincidieron menos (un 10% menos de probabilidad), pero sólo en los delitos castigados con penas mínimas”.
En otras palabras, su probabilidad de cometer más delitos no cambió. Además, “la débil distribución entre los co-convictos resultó en a un débil efecto disuasorio general de la reforma“, concluyen los autores.
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