La FIA ha anunciado varios cambios en el reglamento de la Fórmula 1 de 2025, con el objetivo de aclarar puntos. El primero es un vínculo con el mini-DRS de McLaren F1, que la federación había prohibido sin especificar un marco. Esta sala en Bakú se abrió ligeramente incluso cuando se suponía que debía estar cerrada, gracias a la tolerancia a la flexibilidad.
Para abordar este problema, la FIA ha realizado un cambio en su reglamento técnico para 2025. Requiere que la trampilla del DRS cumpla con las mismas restricciones sobre la deformación de la carrocería cuando el sistema no está desplegado.
“Con excepción de la carrocería regulable por el conductor, cuando esté desplegada, todos los componentes aerodinámicos o la carrocería que influyan en las prestaciones aerodinámicas del vehículo deberán estar rígidamente fijados e inamovibles con respecto a su bastidor de soporte. Referencia definida en el artículo 3.3.” podemos leer en la normativa actualizada.
Se ha añadido otra cláusula para definir un espacio mínimo entre los elementos del alerón trasero cuando el sistema DRS no está activado: “En cualquier punto a lo largo de la envergadura, los perfiles del alerón trasero (como se define en el Artículo 3.10.1) deben tener un espacio mínimo de entre 9,4 mm y 13 mm. Esto se aplicará cuando el DRS no esté en estado desplegado (como se define en el Artículo 3.10.10) y se medirá utilizando un calibre esférico.”
Se agregó una regla de “Riesgos de calor”
Se creó otra regla para evitar que los conductores sufran demasiado por el calor. La FIA definirá ahora periodos de “riesgos de calor”, en el caso de que la previsión prevea una temperatura superior a 30,5 grados durante un sprint o una carrera.
Este riesgo de calor deberá declararse con al menos 24 horas de antelación, y los equipos podrán entonces instalar piezas en los coches para enfriar a los pilotos. El peso mínimo pasará entonces de 800 a 805 kilos por cada monoplaza.
“Si el servicio meteorológico oficial predice que el índice de calor será superior a 30,5°C en cualquier momento durante la carrera de velocidad o de competición, o a criterio exclusivo del director de carrera, se podrá declarar un riesgo de calor a las veinticuatro (24) horas. antes del inicio previsto de la competición. dice el artículo.
“Una vez que se declara un riesgo de calor, permanecerá vigente durante la competición. Todos los competidores serán informados a través del sistema de mensajería oficial”.
“Una vez declarado un riesgo por calor: (a) Se deben instalar elementos adicionales para ayudar con el enfriamiento del piloto, incluidos sistemas de enfriamiento del piloto, como se describe en el Artículo 14.6 del Reglamento Técnico. (b) ) De conformidad con los Artículos 4.1 y 4.7 del Reglamento Técnico. Reglamento Técnico, se aplica el Aumento de Masa por Riesgo de Calor.”