Desde la publicación de este decreto el 27 de noviembre, se recuerda a los ciclistas y otros usuarios de EDPM (dispositivos motorizados de transporte personal), es decir, scooters eléctricos, monoruedas, giropodos y patinetas flotantes, que tienen la obligación de estar equipado con iluminación en caso de visibilidad reducida. De lo contrario, se enfrentarán a una multa de 11 euros.
Algunos usuarios tenderán a optar por una luz trasera intermitente. La ley ahora lo prohíbe, precisando: “cualquier vehículo motorizado de transporte personal o bicicleta debe estar equipado con una luz de posición trasera. este fuego no debe estar parpadeando y debe ser claramente visible desde atrás“. Esta iluminación en la parte trasera sólo puede ser roja.
Una segunda luz sobre uno mismo
Sin embargo, no se dan detalles sobre el aspecto intermitente de la luz delantera. solo tiene que emitir luz no deslumbrante, amarilla o blanca.
La ley también da la posibilidad de llevar iluminación adicionalcomo un chaleco iluminado o una lámpara adherida al casco o a la mochila.
El texto también habla neumáticos con dispositivos retrorreflectantes que puede sustituir los reflectores presentes en las ruedas de la bicicleta.