Cuando regresen la semana siguiente, los investigadores volverán a incautar un centenar de estos cartuchos, cuya venta, importación, transporte y posesión, excepto para uso médico, están prohibidos desde finales de 2023. Al mismo tiempo, el alcalde ordenó la cierre.
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El jefe se justifica
Durante el allanamiento, la policía comenzó por encontrar globos esparcidos sobre sillas y mesas.
Una indicación clara del consumo in situ: estos globos se utilizan para inhalar el gas después de haber “roto” el cartucho para abrirlo.
Ampliando su búsqueda, los investigadores encontraron 284 cartuchos almacenados en un cuarto de almacenamiento ubicado en la parte trasera de la habitación.
Finalmente, en una bolsa, consiguieron un diario contable que detallaba la venta de 1.861 cartuchos de gas de la risa.
El miércoles siguiente, los investigadores descubrieron una veintena de cajas, cada una de las cuales contenía seis botes de óxido nitroso.
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Se alertó a las autoridades judiciales y se abrió un procedimiento administrativo, al final del cual el alcalde ordenó el cierre.
Durante el procedimiento, el directivo pudo presentar sus defensas. En sus explicaciones, echó la culpa a los clientes, alegando que “son ellos, y no yo, quienes introducen las sustancias ilícitas en el establecimiento”.
Le indicaron que, no obstante, los 400 cartuchos estaban almacenados en la parte trasera. También en una bolsa de su propiedad la policía encontró las cuentas que mencionaban la venta de 1.500 botes y los precios aplicados, es decir, 50 euros por cartucho de 580 gramos (los mismos se venden en línea a 39,95 euros, nota del editor).
El municipio explica
El alcalde ordenó el cierre por orden policial. Si ostenta este poder, sigue siendo necesario, como exige la ley, que la decisión sea “necesaria para el mantenimiento del orden público”. Para ello, es necesario que existan “indicios serios de que en el establecimiento se están desarrollando actividades ilícitas” y la orden policial “contenga las razones de hecho y de derecho en las que se basa la decisión”.
Como motivación, la orden del alcalde mencionaba que “el gerente se dedicaba a la venta de óxido nitroso”, por lo que se justificó ordenar el cierre del establecimiento “con el fin de preservar la seguridad y tranquilidad pública”.
El decreto destaca “el peligro conocido de accidentes de tráfico, violencia, riesgo de explosión, etc.” relacionado con el uso del gas de la risa.
Recordó que “en la reserva del establecimiento encontramos botellas/cartuchos de óxido nitroso con el objetivo (o al menos con la intención) de utilizarlos en la habitación, y con el objetivo de crear un efecto eufórico”.
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Finalmente, concluyó que “este uso constituye un peligro inmediato para la integridad física (salud del usuario y/o secundaria) de las personas presentes”. No faltaba nada: “actividades ilegales”, “incautaciones de varios cientos de latas”, “necesidad de “preservar el orden público y la integridad física”.
Para defender la legalidad del decreto del alcalde, el municipio recurrió a uno de los mejores bufetes de abogados, el bufete Uyttendaele. Y aún así.
el razonamiento
El director del café habló con otro especialista en derecho administrativo. Michaël Pilcer recordó lo esencial: la obligación de la autoridad de motivar cualquier acto administrativo.
Según la orden del alcalde, “las actividades ilegales de venta y facilitación del consumo de gas de la risa que se desarrollan en el establecimiento comprometen la seguridad y tranquilidad públicas”.
El Sr. Pilcer objetó que la orden policial no hace ninguna referencia a un hecho concreto que habría ocurrido en el establecimiento y habría comprometido el orden público en Saint-Josse. Para Me Pilcer, “la mera presencia de óxido nitroso en el establecimiento no es suficiente por sí sola para establecer una alteración del orden público”.
Los jueces del Consejo de Estado señalan que, en el caso concreto de este establecimiento situado en la Chaussée de Haecht, la orden policial, si bien menciona “graves riesgos generados por el uso indebido de óxido nitroso”, no especifica cómo se facilitará la venta y el consumo. Las actividades que se desarrollarían allí “implicarían una amenaza al orden público”.
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En otras palabras, las generalizaciones no bastan.
Por eso –por falta de motivación– los jueces administrativos suspendieron la orden del alcalde a pesar de la incautación de 400 cartuchos y de pruebas que demostraban la venta de más de mil quinientos más.
Sin embargo, para obtener la intervención del Consejo de Estado, el directivo tuvo que demostrar la urgencia. Lo hizo estableciendo que permanecer cerrado durante cuatro meses lo llevaría inevitablemente a la quiebra.
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