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Patrimonio de Jean Paul Riopelle | El hijo del pintor tiene derecho a su parte, confirma el Tribunal Superior

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Las hijas de Jean Paul Riopelle, Yseult y Sylvie, deberán respetar su compromiso contractual con su medio hermano Yann y entregarle un tercio de lo que recibieron según el testamento de su padre, fallecido en 2002.


Publicado a las 0:48 a.m.

Actualizado a las 7:00 a.m.

En una decisión de 18 páginas dictada el miércoles, la jueza Céline Legendre, del Tribunal Superior de Quebec, reconoció las sentencias francesas en este caso.

La “solicitud de reconocimiento y ejecución de una sentencia extranjera” fue presentada en el tribunal de Montreal hace dos años por Yann Fravalo-Riopelle. Las hijas del célebre pintor, por su parte, creían que los tribunales franceses no eran competentes, en particular porque la propiedad objeto del hijo del pintor se encontraba en Quebec.

Yann Fravalo-Riopelle, nacido fuera del matrimonio, fue excluido del testamento de su padre, Jean Paul Riopelle, fallecido en marzo de 2002. Aún así habría obtenido ciertos bienes situados en Francia en calidad de heredero reservado, tal como prevé la ley francesa. .

El litigio surge de un acuerdo firmado en Francia el 5 de octubre de 2002, casi siete meses después de la muerte del pintor, entre las hijas de Jean Paul Riopelle, Yseult y Sylvie (fallecida el año pasado en Francia), y su medio hermano Yann. Una escritura privada donde podemos leer: “Mi deseo es que los bienes hereditarios que he recogido en el patrimonio de mi padre Jean Paul Riopelle se distribuyan por tercios a partes iguales entre [Yann, Yseult et Sylvie]. »

Pero según los hechos relatados en documentos judiciales, los tres herederos designados por Jean Paul Riopelle en su testamento – sus hijas Yseult y Sylvie, así como su última pareja Huguette Vachon – firmaron una Ley de Partición en 2004 en la que acordaron compartir todo el patrimonio. . Se habría concluido una Cuenta final en 2009.

Es en este contexto que Yann Fravalo-Riopelle, que reside en Francia, recurrió a los tribunales franceses para hacer cumplir el acuerdo de 2002 y obtener su parte del patrimonio de su padre. Afirma que no fue informado de los bienes que recibieron sus medias hermanas.

Una solicitud primero rechazada y luego reconocida

En 2015, el Tribunal de Auxerre rechazó la solicitud de Yann Fravalo-Riopelle, argumentando que el acuerdo de 2002 era una “donación afectada por un defecto formal y, por tanto, nula”. Pero en 2016, el Tribunal de Apelación de París anuló esta sentencia basándose en otras comunicaciones que confirmaban la intención de las partes de entregar el tercero al hijo de Riopelle. En 2017, el Tribunal de Casación confirmó el carácter definitivo y ejecutable de la sentencia del Tribunal de Apelación.

Las hijas del pintor alegan entonces que las sentencias francesas no pueden ser reconocidas en Quebec. Por tanto, el juez Legendre debía pronunciarse sobre la competencia de una autoridad extranjera.

Primero señala que “los demandados nunca han argumentado en Francia que las autoridades francesas no fueran competentes” y enfatiza que Sylvie estuvo domiciliada en Francia hasta su muerte.

“En este caso no se aplica ninguna de las excepciones al reconocimiento de una sentencia extranjera”, juzga.

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FOTO MARTIN TREMBLAY, ARCHIVOS DE LA PRESSE

Un cuadro de Jean Paul Riopelle

Yann Fravalo-Riopelle también solicitó una orden que le permitiera conocer la naturaleza y el valor de los bienes en el momento de su recogida y una orden para compartir los bienes recibidos por sus medias hermanas para que pueda obtener la parte que le correspondería. tener derecho.

El juez Legendre indicó, en febrero de 2023, que el tribunal abordaría las dos cuestiones por separado. En primer lugar había que examinar la solicitud de reconocimiento y, en segundo lugar, las solicitudes de rendición de cuentas y de participación.

Al concluir su sentencia, escribió: “Una vez que el Tribunal reconozca las sentencias francesas, el demandante tendrá que continuar con su procedimiento judicial. Solicita una cuenta de la cual los demandados anuncian una impugnación. ¿Cómo se identificarán los activos en disputa? Los demandados argumentan que ya se ha producido un cierto reparto. ¿Realmente quedan activos en disputa? »

En resumen, la historia aún está lejos de terminar.

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