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Condenan a un supermercado por despedir a un empleado que comió producto destinado a la basura en España

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Su despido no está justificado por la justicia. Un supermercado español fue condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha por haber despedido a un empleado que se había comido una croqueta destinada a la basura porque no había sido vendida, informó este miércoles 20 de noviembre la agencia Associated Press.

Los hechos ocurrieron la tarde del 8 de julio de 2023, en un supermercado Mercadona de Albacete, detalla El País. La empleada, que llevaba 16 años en la empresa, fue responsable junto con sus compañeros del cierre de la tienda. Mientras limpia la sección de productos “cocidos in situ”, una de sus compañeras coloca en un carrito todos los productos destinados a la basura porque al final del día no se han vendido. Luego, el empleado toma una croqueta y se la come antes de tirar los productos.

Luego, dos días después, la dirección la citó y la criticó por sus acciones. La normativa que prohíbe el consumo de productos no remunerados por parte de los empleados la despidió inmediatamente por “falta grave”. El empleado emprendió entonces acciones legales contra la marca Mercadona.

En su sentencia, el tribunal estableció que, aunque la acción del empleado pudiera ser sancionada con una multa, no constituía una “falta grave”. Y “en ningún caso”, detalla la decisión judicial, la ingestión de una croqueta que iba a ser tirada a la basura puede generar “la sanción más grave en el mundo del trabajo, como el despido del trabajador”.

Se recuerda en particular que el empleado en cuestión “no comió un paquete entero, sino una sola croqueta (…) que no estaría a la venta al día siguiente” y que los hechos se produjeron fuera del horario laboral. . De este modo, el tribunal dictó una decisión similar a la de primera instancia, que falló a favor del empleado en mayo. Fue la empresa Mercadona la que recurrió y fue desestimada.

Como resultado, se ordenó a la cadena de supermercados que reintegrara a la empleada despedida injustamente o, en su defecto, que le indemnizara con 39.700 euros por salarios impagados. También tendrá que pagarle 600 euros en concepto de costas judiciales.

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