Criptomonedas, la otra cara de la moneda: los impuestos

Criptomonedas, la otra cara de la moneda: los impuestos
Criptomonedas, la otra cara de la moneda: los impuestos
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Dado que el bitcoin pronto alcanzará los 100.000 dólares, las administraciones tributarias se frotan las manos.

Poco después de la elección de Donald Trump, bitcoin (BTC) alcanzó nuevos máximos históricos, alcanzando un máximo de 99.655,50 dólares. Muchos analistas prevén que se superará el umbral simbólico de 100.000 dólares antes de finales de 2024.

Desde hace varios años, las finanzas institucionales se interesan por las criptomonedas (tokens), con el gigante BlackRock a la cabeza. Este interés alcanzó su apoteosis con la adopción de un ETF de bitcoin al contado por parte de la famosa y aterradora Security Exchange Commission (SEC), a principios de enero de 2024.

Si los inversores se frotan las manos, lo mismo ocurre con las autoridades fiscales suizas. A pesar de las regulaciones fetales y las disparidades intercantonales, una cosa es segura: el recaudador de impuestos querrá su “parte del pastel”.

En términos de impuesto sobre el patrimonio, debes declarar tus tokens como cualquier otro elemento patrimonial. La administración tributaria cantonal ya ha incluido en su software VaudTax un apartado para las criptomonedas bajo el título “monedas y metales preciosos”. En Ginebra, las fichas deben aparecer en el “estado de los títulos”. En ambos casos se tiene en cuenta el valor del token a 31 de diciembre del período impositivo de que se trate.

Cuando se trata del impuesto sobre la renta, la cosa se complica. Una ganancia de capital obtenida durante el año sobre una criptomoneda mantenida en patrimonio privado está, en principio, exenta. Sin embargo, si la administración tributaria considera que esta ganancia proviene de una actividad realizada profesionalmente, pasa a estar sujeta a impuestos como ingreso de una actividad independiente. En términos de negociación profesional de valores, los criterios utilizados para delimitar la ganancia de capital exenta de los rendimientos de una actividad lucrativa independiente son: un período de tenencia corto, un volumen total de transacciones elevado, una ganancia de capital que represente más del 50% de los ingresos netos de la el período y recurrir al endeudamiento. En nuestra opinión, estos mismos criterios podrían aplicarse a las criptomonedas.

Como las buenas noticias nunca llegan solas, la AVS seguirá esta reclasificación de los ingresos procedentes de criptomonedas. En los casos más extremos, esta reclasificación puede incrementar la carga tributaria a más del 50% incluyendo el AVS.

Así como las acciones generan dividendos, muchas criptomonedas pueden generar retornos fortuna. El ejemplo más común es “apostar”1. Al igual que los dividendos, los ingresos por apuestas están sujetos a impuestos como rendimientos de los activos muebles.

Cuando se trata del impuesto de sociedades, las cosas se complican aún más. De hecho, el tratamiento contable de las criptomonedas añade una capa de complejidad. Si las regulaciones tributarias son fetales, las regulaciones contables son embrionarias. La evaluación de las criptomonedas por parte de la ley contable se divide en dos preguntas interrelacionadas: ¿cómo clasificar los tokens? ¿Cómo valorar los tokens?

La clasificación contable depende del uso y naturaleza del token. Si el token forma parte de una actividad comercial habitual, puede contarse como inventario. Si el token es una inversión, puede reconocerse como un activo intangible. La naturaleza del token también influye en esta clasificación. El documento de trabajo2 establecidos por la Administración Tributaria Federal (AFC) e Información Tributaria3 sobre Criptomonedas establecido por la Conferencia Fiscal Suiza (CSI) categoriza tres tipos de tokens: tokens de pago, tokens de inversión y tokens de utilidad.

La valoración contable depende en gran medida de la clasificación del token. Un token considerado como acción podría valorarse potencialmente a su costo, menos depreciación. Para otras categorías, probablemente se aplicará el artículo 960b del Código de Obligaciones (CO). Según este régimen, el valor del token corresponde a su precio de mercado en la fecha del balance, con una posible reserva de fluctuación.
En conclusión, la respuesta es, lamentablemente, una vez más, la del jurista prudente: “¡depende”!

1 Stake es un proceso que permite a los poseedores de ciertas criptomonedas “bloquearlas” para ayudar a la cadena de bloques a validar las transacciones. Este mecanismo llamado “prueba de participación” recompensa a los poseedores que aceptan “apostar” sus tokens con pequeñas unidades de esos mismos tokens.

2 Documento de trabajo – Criptomonedas y ofertas iniciales de monedas/tokens (ICO/ITO) como objeto del impuesto sobre el patrimonio, la renta y las ganancias, retenciones en origen y derechos de timbre (08.03.2022).

3 Conferencia Fiscal Suiza – Criptomonedas (01.01.2023).

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