Revertir el teletrabajo es complicado: “El empresario no tiene derecho a acabar unilateralmente con el teletrabajo”

Revertir el teletrabajo es complicado: “El empresario no tiene derecho a acabar unilateralmente con el teletrabajo”
Revertir el teletrabajo es complicado: “El empresario no tiene derecho a acabar unilateralmente con el teletrabajo”
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¿Puede un empresario imponer el fin del teletrabajo a sus trabajadores?

“No, el empresario no tiene derecho a poner fin unilateralmente al teletrabajo. Recordemos que el establecimiento del teletrabajo estructural en las empresas belgas requería el acuerdo de cada uno de los trabajadores interesados. Este acuerdo, además, debía ser objeto de un documento escrito. Si el empresario quiere eliminar el teletrabajo deberá proceder de la misma manera, es decir, obtener el consentimiento previo por escrito de cada teletrabajador.

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¿Qué pasa si el empresario quiere reducir el número de días de teletrabajo?

La respuesta es la misma. En concreto, si el empresario tiene previsto reducir la frecuencia del teletrabajo autorizado en su empresa o, en otras palabras, reducir el número de días de teletrabajo (pasando, por ejemplo, de 3 días máximos de teletrabajo por semana a 1 día máximo de teletrabajo por semana), el teletrabajador deberá aceptar este cambio previamente y por escrito.”

¿Deberíamos consultar a los representantes de los trabajadores antes de volver a las reuniones presenciales?

“Sí, los representantes de los trabajadores deben ser consultados previamente, es decir antes del fin efectivo del teletrabajo o de la reducción efectiva del número de días autorizados de teletrabajo”

Para qué ?

“De hecho, tanto la eliminación del teletrabajo como la reducción de su frecuencia afectarán especialmente a las condiciones de trabajo. Y las condiciones de trabajo son competencia de los representantes del personal. Será cuestión de anticipar las consecuencias de un regreso al teletrabajo. las instalaciones de la empresa para poder subsanarlos, en caso necesario, qué decir de, por ejemplo, el espacio de trabajo disponible en las oficinas (¿es suficiente?), el mobiliario de oficina (¿es adecuado?), el equipamiento informático necesario. para el trabajo presencial (¿las oficinas están equipadas con ordenadores, pantallas, impresoras, etc.?), horarios de trabajo que deben respetarse en persona, equipos puestos a disposición en el contexto del teletrabajo (el teletrabajador debe devolverlos) Como el teletrabajador, los representantes de los trabajadores también tendrán en cuenta, durante sus conversaciones con el empresario, elementos tales como, entre otros, el plazo en el que se prevé el cambio y el motivo que lo explica.

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¿Qué pasa con el subsidio de oficina?

“Si se elimina por completo el teletrabajo, la concesión de un subsidio de oficina ya no está justificada. En cambio, si se trata de una reducción del número de días de teletrabajo, la concesión de un subsidio de oficina sigue estando justificada. Su cuantía podría posiblemente ser revisado pero bajo ciertas condiciones.”

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