Los propietarios de viviendas insalubres condenados a pagar 32.000 euros en concepto de gastos de hotel para sus inquilinos

Los propietarios de viviendas insalubres condenados a pagar 32.000 euros en concepto de gastos de hotel para sus inquilinos
Los propietarios de viviendas insalubres condenados a pagar 32.000 euros en concepto de gastos de hotel para sus inquilinos
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Aunque muchos propietarios de barrios marginales obtienen grandes ganancias alquilando viviendas insalubres, esta práctica puede resultar costosa cuando uno se ve atrapado en los tribunales. Sobre todo porque la Asamblea Nacional adoptó recientemente un proyecto de ley que endurece las sanciones contra este tipo de prácticas. En este caso descubierto por el sitio -, el tribunal administrativo de apelación confirmó la obligación de los propietarios de viviendas insalubres situadas en Savigny-sur-Orge de pagar una factura de casi 33.000 euros en concepto de gastos de realojamiento de sus inquilinos. Una SCI (sociedad inmobiliaria) propiedad de seis miembros de una misma familia había alquilado un apartamento entre enero de 2010 y junio de 2015 por 700 euros al mes. Sin embargo, tras dos visitas de la Agencia Regional de Salud (ARS) de Île-de-France, en febrero de 2014, un informe concluyó que el alojamiento en cuestión era “no apto para habitar e insalubre”. Esto dio lugar a un decreto prefectural del 28 de febrero de 2014 que ordenaba al propietario del local “para garantizar el realojamiento de sus ocupantes” dentro de dos meses.

La familia que ocupaba el insalubre apartamento fue finalmente trasladada a un hotel entre agosto de 2015 y julio de 2016, con una factura de más de 32.000 euros, como recuerda -. El tribunal rechazó tres argumentos presentados por los propietarios. El primero se refería al hecho de que los inquilinos no habían pagado el alquiler, ya que recibieron una orden de pago en junio de 2014, lo que normalmente conduce a la resolución del contrato de arrendamiento en caso de falta de pago al cabo de dos meses. Pero en este caso concreto, esta rescisión era innecesaria puesto que el prefecto ya había indicado previamente que el alojamiento no era digno y que, por tanto, el propietario debía garantizar el realojo,“sin verse impedido por la circunstancia, por otra parte no acreditada, de que la inquilina no hubiera estado al corriente del pago de su alquiler”especifica la decisión.

Sin limites

En cuanto al segundo motivo de protesta de los propietarios, tenía que ver con el importe de la indemnización, casi 2.700 euros al mes, muy por encima de los 700 euros del alquiler. El tribunal responde que no se desprende de ninguna disposición “que el importe de la indemnización debida al Estado cuando el prefecto sustituye al propietario moroso para garantizar el realojo de los ocupantes se limitaría al importe del alquiler acordado contractualmente”. Misma negativa por el hecho de que el contrato de arrendamiento sólo se firmó a nombre de una persona y que el local albergaba finalmente a dos adultos y dos niños. Los jueces precisan que nada estipula que “la obligación de realojar a los ocupantes se limita al beneficio del firmante del contrato de arrendamiento” y que además los propietarios no aportan pruebas de esta situación.

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