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Editorial Altos del Sena
Publicado el
4 de diciembre 2024 a las 6:02 a.m.
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Una decepción después de múltiples contratos y acciones legales. El tribunal administrativo de Cergy-Pontoise rechazó la solicitud de un ex facilitador de servicios juveniles de Colombes (Altos del Sena), que reclamó 28.000 euros al municipio en concepto de indemnización por los daños sufridos a consecuencia de su “despido improcedente”.
Un período de prueba no concluyente
esteban Luego pudo beneficiarse de varios contratos de duración determinada Ser asistente de animación territorial. Un contrato de un año, que entró en vigor el 1 de abril de 2014, le confió finalmente las misiones de facilitador de acciones de rendición de cuentas en el servicio de animación juvenil.
A continuación, el alcalde de Colombes llevó a cabo su despido al final del periodo de prueba estipulado en este último contrato el 30 de junio de 2014. El tribunal administrativo de Cergy-Pontoise anuló esta decisión “por defectos formales” en 2017, lo que llevó al interesado a recurrir nuevamente al tribunal para ser esta vez compensado por sus “prejuicios”. Consideró que se le debería haber ofrecido un contrato permanente en la función pública, teniendo en cuenta su servicio anterior.
La transformación de su contrato en contrato indefinido se propone necesariamente al agente contractual. Este “derecho” está simplemente subordinado a una duración de servicio efectivo. […] al menos igual a seis años durante los ocho años anteriores a la publicación de esta ley.
“Si la intervención de una decisión ilegal puede constituir un error susceptible de generar responsabilidad para la comunidad pública, no puede dar lugar a indemnización si, en el caso de un procedimiento regular, la misma decisión podría haberse tomado legalmente”, sin embargo, Esta vez lo recuerdan los jueces de Cergy-Pontaine en una sentencia del 19 de septiembre de 2024, que acaba de hacerse pública.
Número de horas insuficiente
En este caso, “MX justifica haber sido reclutado por el municipio a través de numerosos contratos entre octubre de 2005 y julio de 2013, coinciden los magistrados. Sin embargo, su duración acumulada de 5.532 horas es inferior a seis años a tiempo completo durante los ocho años anteriores al 12 de marzo de 2012. [date d’adoption de la loi]. »
“Al ofrecer un período de prueba de tres meses […]aunque ya había trabajado en sus servicios desde 2005, y aunque se trataba de funciones diferentes, el municipio de Colombes no no cometió un error de derechodeduce el tribunal administrativo de Cergy-Pontoise. Si MX sostiene que la decisión fue motivada únicamente por el deseo de mantenerlo precario, no lo establece. »
La demandante tenía hasta el 19 de noviembre de 2024 para apelar la sentencia.
/ED (Presione pimienta)
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