sin IVA al 5,5% como para los libros LégiFiscal

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En una sentencia reciente, la administración tributaria se pronunció sobre el beneficio de la tarifa reducida para los juegos de mesa compuestos por un cuadernillo y tarjetas impresas y un plano (noticia BOFiP del 17 de abril de 2024).

​La pregunta planteada ¶

Como parte de un fallo, la administración tributaria respondió la siguiente pregunta:

Extracto rescrito del 17 de abril de 2024

Un juego de mesa diseñado siguiendo un escenario preciso y original cuyo objetivo es permitir a los jugadores resolver investigaciones, comercializado en forma de una caja de cartón ilustrada compuesta por un folleto que detalla las reglas del juego, una serie de cartas impresas anverso/reverso, una gran mapa ilustrado de una ciudad y una lupa que le permite orientarse en el mapa, ¿puede acogerse al tipo reducido del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) del 5,5% aplicable a los libros en el sentido de lo dispuesto en el 3° del ¿A del artículo 278-0 bis del código general tributario (CGI)?

Recordemos que el artículo 278-0 bis del CGI en cuestión, relativo al tipo reducido del IVA para los libros, transpone el artículo 6 del anexo III de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006. Esta directiva limita la aplicación del tipo reducido tipo del IVA al suministro de libros, incluidos folletos, folletos e impresos similares, álbumes, libros para dibujar o colorear para niños, partituras impresas o manuscritas, mapas y estudios hidrográficos. Por tanto, se plantea la cuestión de la aplicación de este tipo reducido a un juego de mesa compuesto por cuadernillo, cartas y plano.

​La respuesta de la administración tributaria ¶

En su sentencia publicada el 17 de abril de 2024, la administración tributaria descarta la aplicación del tipo del IVA al 5,5% para este tipo de juegos de mesa. Considera que para ser calificada como libro, la obra debe incluir contenido editorial suficiente para darle al conjunto el carácter de obra intelectual. También pueden beneficiarse del tipo del 5,5% las obras que contengan una contribución editorial demostrada, incluso sin contenido editorial en sentido estricto.

Por otro lado, una contribución editorial incidental no puede calificarse como un libro y, por lo tanto, no puede reclamar el tipo reducido del IVA en esta situación.

Por lo tanto, la administración tributaria considera que un producto que se presenta ante todo como un juego, cuya contribución editorial, por cierto, no es lo suficientemente significativa como para constituir una obra intelectual en el sentido de la definición fiscal del libro. Por tanto, el tipo reducido del IVA del 5,5 % previsto para los libros no puede aplicarse a estos productos, como las cajas mencionadas en la pregunta, que entran en la categoría de juegos de mesa. Por lo tanto, están sujetos al IVA al tipo normal (20%).

Fuente: Rescript, noticias BOFiP del 17 de abril de 2024

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