Jean-Yves Le Borgne considera que la ejecución provisional es “poco común en materia penal”

Jean-Yves Le Borgne considera que la ejecución provisional es “poco común en materia penal”
Jean-Yves Le Borgne considera que la ejecución provisional es “poco común en materia penal”
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El JDD. ¿Cree que este juicio trasciende el marco legal para volverse político, como sugiere RN al denunciar “implacabilidad”?

Jean-Yves Le Borgne. El contexto es obviamente político y entiendo que las personas implicadas están transformando la situación al afirmar que se les somete a un juicio político. Sin embargo, no creo que esta dificultad jurídica deba plantearse en términos polémicos. Estamos ante requisiciones, es decir, la posición de la parte que apoya la acusación en el proceso penal. Sería extraordinario, aunque podría ocurrir excepcionalmente, que la fiscalía retirara los cargos. Esto es parte del papel de esta institución. La verdadera pregunta es si los términos y dimensiones de esta acusación son normales o excesivos. Además, es fundamental recordar que las requisas no prejuzgan una condena, siendo el tribunal el único juez de los hechos.

¿Cree que sería apropiado abolir la ejecución provisional de las penas para las personalidades que puedan presentarse a las elecciones presidenciales?

Como abogado especializado en derecho penal, no deseo entrar en una controversia apasionada. La inelegibilidad está prevista por la ley. Si bien durante mucho tiempo fue opcional, pasó a ser automático en 2017, aunque el juez puede descartarlo en función de las circunstancias o de la personalidad de que se trate. En cuanto a la ejecución provisional, es poco común en materia penal. Este concepto plantea la cuestión de las consecuencias irreparables si se revocara la decisión inicial. Por eso la posible inelegibilidad de Marine Le Pen plantea cuestiones fundamentales. En su caso, ¿es tan urgente declarar la inelegibilidad? ¿Existe una amenaza que justifique un alejamiento de los principios de presunción de inocencia? Personalmente, creo que tal excepción sólo está justificada en casos verdaderamente excepcionales. Aquí parece que se requiere precaución.

La verdadera pregunta es si los términos y dimensiones de esta acusación son normales o excesivos.

¿Puede la justicia, como denuncia RN, ser influenciada por simpatías políticas o utilizada con fines partidistas?

El resto después de este anuncio.

Si por “instrumentalizada” entendemos presión externa sobre la justicia, no lo creo. Es posible que los jueces tengan inclinaciones o preferencias personales. Sin embargo, mi experiencia demuestra que los magistrados hacen esfuerzos considerables para no dejarse guiar por sus propias opiniones. Están muy atentos a su deber de imparcialidad. En este caso, las requisas pueden parecer fuertes, casi violentas, pero forman parte de la posición adoptada por la Fiscalía, que busca causar impresión. Corresponde al tribunal mantener la medida y juzgar con total independencia. Lo principal aquí es no confundir la pasión de una acusación con un ataque a la imparcialidad de la justicia. El tribunal es soberano y sigo convencido de que los jueces cumplen con su deber de justicia, incluso en contextos tan delicados.

France

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