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Actualización de los textos estatutarios del notariado

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Un decreto publicado en el Diario Oficial del 23 de noviembre introduce modificaciones para varias profesiones jurídicas. Tiene en cuenta, en particular, la reforma de la ética y la disciplina de los funcionarios ministeriales.

Los comisarios de justicia, los notarios y los abogados vieron perfeccionadas varias de sus disposiciones legales mediante un decreto publicado en el Diario Oficial (JO) del 23 de noviembre (1).

En lo que respecta a los notarios, el decreto actualiza los textos de la profesión para adaptarlos a la reforma de la ética y la disciplina de los funcionarios ministeriales. Algunas disposiciones se refieren a la evaluación de la capacidad y la buena reputación de los notarios contratados, otras aclaran los métodos para fijar los derechos de matrícula de la formación notarial.

En lo que respecta a la profesión jurídica, el decreto elimina la exigencia de tener un título para realizar el examen de acceso al centro regional de formación profesional (CRFPA). También introduce un nuevo requisito de titulación para la realización del examen del certificado de aptitud para la profesión de abogado (Capa) y prevé el tratamiento de los estudiantes de Derecho que hayan completado los tres períodos de formación en CRFPA sin estar aún en posesión del título de maestría al momento de aprobarlo. el Capa.

Finalmente, se especifican las condiciones morales de acceso a la profesión para los comisarios de justicia. El decreto moderniza el funcionamiento del fondo de préstamos, traslada la toma de juramento de los clérigos ante el tribunal de apelación en lugar del tribunal judicial y la limita a un único servicio durante el primer nombramiento.

(1) Decreto N° 2024-1049 de 21 de noviembre de 2024 relativo a diversas medidas relativas a las profesiones judiciales o jurídicas

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