El Gobierno español aprobó el jueves un “permiso climático retribuido” de cuatro días para evitar viajar en caso de alerta ligada a un riesgo meteorológico, casi un mes después de las inundaciones que dejaron 230 muertos en el sureste del país, especialmente en la región valenciana.
¿Qué constituye eso?
Este nuevo sistema, adoptado por el Consejo de Ministros dentro de un paquete de medidas en materia de prevención de riesgos, tiene como objetivo “adaptar la legislación laboral española” al contexto de “emergencia climática”, explicó la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en la televisión pública RTVE. Permitirá a los trabajadores beneficiarse de cuatro días de permiso, pagados por el Estado, en caso de alerta emitida por las autoridades, ya sea “un ayuntamiento, una región o el gobierno central”, continuó Yolanda Díaz, figura del grupo. -Dejó el partido Sumar.
Por el momento, el ministro no ha proporcionado más detalles sobre el tipo de alerta a que se refiere este sistema, ni sobre las posibles condiciones que deben cumplir, por parte de los empleados, para poder beneficiarse del mismo.
¿Por qué tal medida?
Esta medida se produce tras las inundaciones en la Comunidad Valenciana, cuando varias empresas pidieron a sus empleados que permanecieran en sus puestos de trabajo pese a la alerta roja emitida por la Agencia Nacional de Meteorología (Aemet).
Las empresas no dejaron de reaccionar y contraatacar, acusando a su vez a las autoridades, acusándolas de no haberles informado suficientemente y de haber enviado alertas a los teléfonos móviles de la población a primera hora de la tarde, varias horas después del aviso de Aemet.
¿Qué cambia eso realmente?
A partir de ahora, “desde el momento en que una autoridad, sea cual sea, indique que existe riesgo en los desplazamientos, los empleados tendrán que abstenerse de acudir a trabajar”, detalló Yolanda Díaz, para quien “ningún trabajador debe correr riesgos”.
Si la duración máxima de este nuevo permiso climático no puede superar los cuatro días, las empresas tendrán la posibilidad, transcurrido este plazo, de recurrir a los regímenes de desempleo parcial, que ya existen en caso de fuerza mayor, según el ejecutivo.