El Estado condenado a pagar 88.000 euros tras la muerte de un preso en Baumettes

El Estado condenado a pagar 88.000 euros tras la muerte de un preso en Baumettes
El Estado condenado a pagar 88.000 euros tras la muerte de un preso en Baumettes
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Este joven encarcelado en Baumettes fue asesinado en 2017 por cinco de sus compañeros de prisión en uno de los patios de ejercicios de la prisión. Sus familiares serán indemnizados por su daño moral.

Se condenó al Estado a pagar 88.000 euros al Fondo de Garantía para las Víctimas de Actos de Terrorismo y Otros Delitos, en concepto de reembolso de la indemnización pagada a la familia de un hombre asesinado por otros presos en la prisión de Marsella.

En una sentencia dictada el 25 de noviembre, de la que la AFP obtuvo copia el jueves, el Tribunal administrativo de apelación de Marsella recuerda que “la administración penitenciaria debe brindar a cada persona detenida una protección efectiva de su integridad física”. “Incluso en ausencia de culpa, el Estado está obligado a reparar el daño resultante de la muerte de un detenido causada por violencia cometida dentro de un establecimiento penitenciario por otro detenido”subraya la sentencia.

El presente caso se refiere al linchamiento en la prisión de Baumettes, el 16 de diciembre de 2017, de un preso de 20 años por cinco compañeros de prisión en uno de los patios de ejercicios. El joven murió a consecuencia de sus graves heridas el 7 de febrero de 2018. Los cinco jóvenes que lo golpearon fueron condenados en 2020 a penas que van de 14 a 20 años de prisión penal.

Solicitud rechazada en 2023

Los familiares del detenido (sus dos hermanos, su madre, su padre y su tío) habían solicitado al tribunal administrativo que el Estado les indemnizara por “su daño moral” hasta 50.000 euros por cada progenitor, 30.000 euros por cada uno de los dos hermanos y 10.000 euros por el tío. Esta solicitud fue rechazada el 30 de mayo de 2023 y luego apelaron ante el tribunal administrativo de apelaciones.

ella estimó “que hay buenas razones para fijar la indemnización por el daño emocional de la madre en 30.000 euros”igual que para el padre, y 14.000 euros para cada uno de sus hermanos “dada su corta edad”. Por otro lado, descartó la legitimidad de una indemnización para el tío, que no ha sido probada. “vínculos emocionales de particular intensidad”.

Pero el tribunal destacó que el Estado no debe pagar esas sumas a la familia porque el Fondo de Garantía para Víctimas de Actos de Terrorismo y Otros Delitos ya las indemnizó. Por otro lado, el Tribunal dictaminó que el Estado debe reembolsar la totalidad de estas sumas, es decir, 88.000 euros, al Fondo de Garantía, más los intereses desde julio de 2023.

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