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– El Tribunal de Casación ha establecido nueva jurisprudencia en materia de paros laborales.
Una reciente decisión del Tribunal de Casación, dictada el 2 de octubre de 2024, permite a los empleados disfrutar de bajas laborales de larga duración por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales recibir retroactivamente una compensación por vacaciones pagadas. Como indica el Departamento de Información Jurídica y Administrativa en su sitio web, esta decisión se basa en una jurisprudencia anterior, que data de 2023, basada en el derecho europeo, que va más allá de lo dispuesto en el derecho francés actual.
El Tribunal de Casación reconoce así a los empleados la baja laboral por accidente de trabajo o enfermedad profesional el derecho a acumular días de vacaciones retribuidas durante toda la duración del paro. La ley del 22 de abril de 2024 formalizó este avance en el Código del Trabajo pero sin efecto retroactivo. Por tanto, quedaron excluidas las sentencias anteriores a esta fecha. Sin embargo, el Tribunal anuló una decisión del Tribunal de Apelación que había negado el pago de vacaciones a un empleado con licencia de larga duración. Para el tribunal superior, la protección del derecho europeo debe tener prioridadpermitiendo a esta empleada reclamar su compensación.
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Impactos para empleadores y empleados
Para las empresas, esta decisión implica revisar las prácticas relativas al cálculo de las vacaciones retribuidas en el contexto de paradas de larga duración, especialmente si el período de parada se remonta a abril de 2024. Los empleados, por su parte, pueden reclamar una compensación retroactiva por los períodos de suspensión del contrato. vinculado a una enfermedad o accidente profesional, incluso si preceden a la ley de 2024. Esto representa un nuevo derecho para quienes, anteriormente, veían limitados sus derechos de licencia remunerada a sólo los primeros años de paro laboral.
Esta decisión también ilustra cómo la ley de la Unión Europea afecta la protección de los trabajadores en Francia. Al integrar gradualmente estas protecciones en el Código Laboral, la legislación nacional tiende a armonizar las normas europeas, garantizando así a los empleados una mayor seguridad en caso de suspensión del contrato por motivos médicos.
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