Argelia ha dado un nuevo paso en la lucha contra el uso del efectivo para el pago de determinadas transacciones comerciales.
El artículo 207 de la Ley de Hacienda de 2025 estipula que las transacciones inmobiliarias de edificios construidos y no construidos, las operaciones de compraventa realizadas por concesionarios y distribuidores de vehículos y maquinaria y equipo industrial, las compras de yates y embarcaciones de recreo y las pólizas de seguros obligatorios deberán pagarse en efectivo. (cheque, transferencia, tarjeta bancaria).
El mismo artículo precisa que esta disposición entra en vigor a partir de la publicación de esta ley” (LF 2025), indicando que las “modalidades de aplicación de este artículo se establecen reglamentariamente”. Esta adición ha llevado a algunos a decir que la entrada en vigor del artículo 207 de la Ley de Finanzas de 2025 queda congelada hasta la publicación de los textos de desarrollo.
El diputado Ahmed Rabhi (Djelfa) incluso hizo una pregunta escrita al Ministro de Finanzas en la que proponía establecer un umbral mínimo de 15 millones de dólares a partir del cual ya no se autoriza el pago en efectivo en transacciones inmobiliarias.
Transacciones inmobiliarias en Argelia: el artículo 207 de la LF 2025 ha entrado en vigor
El diputado del FLN justificó su petición por el impacto de esta medida que prohíbe el efectivo en las transacciones inmobiliarias en las wilayas del interior del país, que viven una “situación económica precaria”.
Los promotores inmobiliarios temen las consecuencias de la obligación de pagar las transacciones inmobiliarias en efectivo en sus programas de venta de viviendas.
Las aseguradoras también están preocupadas por las dificultades relacionadas con la aplicación de esta medida para el pago del seguro obligatorio; a saber, Responsabilidad Civil Motor y Cat-Nat (desastres naturales), debido a la falta de cobertura bancaria, las dificultades de acceso a Internet en determinadas regiones y los importes relativamente pequeños vinculados a estas transacciones.
Sin embargo, el gobierno ha tomado su decisión y no parece dispuesto a dar marcha atrás. De hecho, el artículo entró en vigor tras la publicación de la Ley de Finanzas de 2025.
En nota de fecha 2 de enero, la Dirección General del Tesoro solicitó a sus servicios dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 207 de la Ley de Hacienda 2025.
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