Darty, Boulanger y los principales fabricantes de electrodomésticos reciben una multa récord por acuerdo contrario a la competencia

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La autoridad francesa de competencia multó a Darty, Boulanger y diez fabricantes de electrodomésticos con 611 millones de euros por aplicar prácticas anticompetitivas en perjuicio de los consumidores.

A medida que se acercaba la década de 2010, mientras el comercio online iba ganando poco a poco el corazón de los consumidores, algunas tiendas tradicionales empezaron a temer por su facturación y a ver desfavorablemente esta nueva competencia. Además, varios fabricantes de electrodomésticos (BSH, Electrolux, Whirlpool-Indesit, LG, Miele, SEB, Smeg, Candy Hoover, Eberhardt) así como dos grandes distribuidores (Darty y Boulanger) han implementado diversas estrategias para mantener y limitar sus márgenes. competencia. En particular, habían acordado los precios de determinados productos y habían establecido un elaborado sistema de seguimiento para los distribuidores.

Además, el 19 de diciembre, la Autoridad de Competencia francesa condenó a estas doce empresas del sector de electrodomésticos a una multa de 611 millones de euros. Como indica la autoridad en su comunicado de prensa, estas prácticas fueron “particularmente graves en la medida en que fueron institucionalizados, implementados en secreto y afectaron a una gran parte de los actores presentes en este mercado”. Consecuencia para los consumidores: los precios de determinados productos se han mantenido artificialmente altos, impidiéndoles “beneficiarse de precios más atractivos en la compra de sus productos de pequeños y grandes electrodomésticos”.

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Prácticas anticompetitivas: acuerdos y presiones a los distribuidores

Los hechos tuvieron lugar entre 2007 y 2014 y siguen a una primera condena de 189 millones de euros en 2018 por hechos similares. Las doce empresas acordaron el precio de determinados electrodomésticos grandes (lavavajillas, secadora, frigorífico, congelador, cocina, microondas, vitrocerámica, etc.) y pequeños electrodomésticos (aspiradora, plancha, robot de cocina, hervidor, cafetera, depiladora, etc.).

“Los fabricantes y sus distribuidores ‘tradicionales’ (que venden principalmente en las tiendas) querían limitar la aparición de sitios web que comercializaban electrodomésticos a precios ‘de corte’, garantizando al mismo tiempo márgenes elevados a los distribuidores activos en los canales de distribución tradicionales, especialmente en las tiendas.”explica la Autoridad.

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Todo había sido cuidadosamente planeado. Los fabricantes comunicaron los precios de venta al público a los distribuidores y controlaron su correcta aplicación. Los distribuidores en línea que se negaron a cumplir estas directrices de precios fueron castigados con medidas discriminatorias, como retrasos en las entregas, interrupciones del suministro o la implementación de sistemas de distribución selectiva. Además, determinados productos no deberían venderse en Internet, para favorecer los puntos de venta físicos y los distribuidores históricos, siempre en detrimento de los nuevos sitios online.

Según la Autoridad de Competencia, estos acuerdos se negociaron a través de “un lenguaje codificado para ocultar instrucciones de precios”. Por ejemplo, las empresas mencionadas “precios recomendados” que en realidad eran precios que debían respetarse. Sometieron a los distribuidores a una presión constante para que los respetaran mediante insinuaciones: “si quieres recibir el producto, ya sabes qué hacer”; “Hay un producto nuevo que acaba de lanzarse, si lo deseas…”. Para evitar confusiones, los fabricantes evitaron el teléfono y el correo electrónico, favoreciendo las reuniones físicas.

Estos intercambios de códigos demostraron, según la Autoridad de Competencia, que estas prácticas estaban institucionalizadas. En última instancia, los distribuidores en línea, que ofrecían precios más competitivos, se vieron excluidos o limitados en sus actividades, en particular por la prohibición de comercializar determinadas referencias.

Prácticas anticompetitivas: una multa especialmente elevada

Resultados de la carrera: “Estas prácticas han eliminado la competencia intramarca, impidiendo que los consumidores se beneficien de precios más atractivos en la compra de sus productos de pequeños y grandes electrodomésticos”lamenta la autoridad. Peor aún, estas medidas fortalecieron la posición de Darty y Boulanger como distribuidores. Según estimaciones de un distribuidor entrevistado en el marco de la investigación “La gran mayoría (alrededor del 95%) de los distribuidores presentes en línea al inicio de la práctica han desaparecido o han sido comprados por distribuidores tradicionales”. En cuanto al consumidor, no podría beneficiarse de los precios más atractivos.

© Autoridad de Competencia

Por todas estas infracciones y agravios, la Autoridad de Competencia condenó a las doce empresas al pago de multas por un importe total de 611 millones de euros. La mayor parte será para SEB, que deberá pagar 189,5 millones de euros, mientras que las distribuidoras pagarán 89,35 millones de euros por Boulanger y 109 millones de euros por Darty. La autoridad considera de hecho que este último, “por su peso, habrían podido poner fin a las prácticas anticompetitivas”. De las doce empresas afectadas, diez optaron por no impugnar las sentencias. Por otra parte, SEB y Boulanger indicaron que querían recurrir ante el Tribunal de Apelación de París.

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