Aunque esas eran las reglas. Una empleada del supermercado Mercadona de Albacete (España) fue despedida de su empresa el lunes 10 de julio de 2023 por haber consumido, dos días antes, un pellet en un blister destinado a ser desechado. Finalmente, la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla-La Mancha, confirmó el 15 de octubre de 2024 que este despido fue improcedente y desestimó el recurso de la empresa, formulado tras la primera sentencia de mayo de 2024. Ordenó a la empresa reintegrar a la empleada o indemnizarla con aproximadamente 40.000 euros, informa El País.
Hechos reconocidos
Los hechos tuvieron lugar el día 8 de julio de 2023, alrededor de las 22 horas. Los empleados se encontraban limpiando y ordenando el establecimiento después de su cierre. Mientras ella era responsable de ordenar la sección “lista para comer”, recogiendo los alimentos destinados al consumo inmediato, la empleada incriminada tomó un producto que acababa de ser colocado en el carrito destinado a la basura y se comió una albóndiga cocida que se encontraba en esta ampolla.
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Sin saber si fue interrogada, la empleada confesó en cualquier caso ante el coordinador de la tienda que había comido esta croqueta sin pagarla dos días después. Sin embargo, esto contraviene una norma que estipula que los empleados tienen prohibido consumir productos de la tienda sin pagar por ellos, incluso si están destinados a ser desechados. Como resultado, el empleado, que había trabajado en la empresa durante 16 años, fue despedido inmediatamente, alegando la empresa mala conducta. “muy grave”.
Sin culpa “muy grave”
En el juzgado, Mercadona y sus abogados detallaron el contenido jurídico de esta falta. La empresa estimó que el trabajador se había comido un paquete entero de albóndigas por valor de 4,20 euros, y que correspondía a una “fraude, deslealtad o abuso de confianza” y un “hurto, hurto o malversación” de la empresa, sino también a un “violación de la buena fe contractual, así como abuso de confianza en la ejecución del trabajo”ya que la empleada sabía que estaba infringiendo una regla.
El tribunal, sin embargo, no estuvo de acuerdo. Rechazó la acusación de robo porque los perdigones, destinados a ser tirados, “no tienen valor de mercado, ni siquiera insignificante”. También se negó a hablar de “desvío de producto”ya que sólo se comió una croqueta y no todo el paquete, según confirmaron dos testigos. Y sobre todo, los jueces se negaron a reconocer al personaje. “muy grave” de la culpa, asegurando que este hecho excepcional, puntual y esporádico mereciera sólo una simple sanción disciplinaria, y no un despido. Mercadona aceptó la segunda sentencia del tribunal y acordó pagar la indemnización.
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