El Ministro de Justicia, Ousmane Diagne, envió, el 8 de noviembre, una circular bajo sello de confidencialidad a todos los fiscales generales de los tribunales de apelación, a los fiscales de los tribunales superiores y a los delegados de los fiscales de los tribunales de distrito. pedirles que racionalicen la emisión de órdenes de procesamiento. Esta es una manera que tiene la cancillería de abordar el hacinamiento en los establecimientos penitenciarios.
Las prisiones senegalesas se encuentran en condiciones críticas. Se enfrentan a un hacinamiento desproporcionado. Es por ello que las autoridades judiciales han decidido actuar para frenar esta lacra. En una circular confidencial dirigida a los miembros de la acusación y de la cual Las En posesión de una copia, el Ministro de Justicia indica que los establecimientos penitenciarios hace tiempo que alcanzaron su capacidad de acogida.
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Por ejemplo, señala, al 10 de septiembre de 2024, la prisión de Rebeuss contaba con 3.257 reclusos para una capacidad de 1.800 residentes. Hasta el 16 de octubre de 2024, añade, el número diario de detenidos encarcelados en la Casa Correccional y de Detención (MAC) de Thiès era de 1.223 detenidos, un exceso de 591 detenidos con respecto a su capacidad de acogida. Así, el Ministro Ousmane Diagne considera que las dificultades de alojamiento ligadas a la saturación penitenciaria prevalecen actualmente en todos los establecimientos penitenciarios del país.
A continuación, el Ministro de Justicia sostiene que la saturación de estos lugares de detención exige que las autoridades judiciales realicen un verdadero cambio de práctica, incluso de política, en la tramitación de las causas penales, en particular en lo que respecta a la utilización de la orden de prisión preventiva. Como prueba, subraya, durante el período del 20 al 30 de septiembre de 2024 se registraron 461 órdenes de procesamiento, todas ellas en dirección a la prisión de Rebeuss. También cabe señalar que la mayoría de estos mandatos provienen de jueces de instrucción, añade. A nivel nacional, se señala que los establecimientos penitenciarios cuentan, al 21 de octubre de 2024, con 14.513 residentes. Ante esta situación, el ministro Ousmane Diagne cree que se ha vuelto casi imposible cumplir con las exigencias legales y las normas internacionales establecidas en materia de buenas condiciones de detención.
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Además, afirmó, esta superpoblación carcelaria plantea verdaderas dificultades en materia de alimentación y atención sanitaria. Y que, en este contexto, cualquier colocación bajo mandato de depósito debe ser estrictamente imprescindible.
CONTORNOS CIRCULARES
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El Ministro Ousmane Diagne precisó que la racionalización de la orden de prisión preventiva debe referirse a determinados tipos de infracciones, como la “detención irregular en el puerto”, el embarque clandestino, el hurto simple o el hurto en perjuicio del empresario sin otras circunstancias agravantes, una vez que el denunciante haya retirada, así como cualquier otra infracción que estime relevante. Según el Guardián de los Sellos, la misma dinámica de racionalización de la orden de prisión debe observarse para los delitos financieros, como el fraude, el abuso de confianza y la apropiación indebida de préstamos concedidos o garantizados por el Estado, siempre que el daño sea real. no significativo. “Cuando el daño sea más importante, se favorecerá la mediación penal si se cumplen las condiciones para este método de solución”, dijo a los miembros de la fiscalía.
Dicho esto, el ministro Ousmane Diagne pide una mejor racionalización de este título de detención, haciendo un uso excepcional del mismo. Según él, este será el caso cuando el acusado presente garantías de representación ante el tribunal y cuando los hechos que se le imputan no sean particularmente graves, en particular por los siguientes delitos: “posesión y uso de cáñamo indio; agresiones y agresiones intencionales (asegurando, en su caso, que la persona procesada se haya comprometido a alejarse del lugar de residencia de la víctima hasta la audiencia para evitar cualquier repetición de los hechos o represalias); violencia y agresión; amenazas de violencia y agresión; ocupación ilegal de tierras; ocultamiento de cosa; homicidio (cuando las circunstancias del caso no revelan delitos conexos que indiquen una mala conducta notoria y una infracción grave de las normas de tránsito del autor, como, por ejemplo, la entrada en la práctica de la conducción en estado de ebriedad); desvío de objetos incautados”.
El Sr. Diagne también instó a los miembros de la Fiscalía, en lo que respecta a los expedientes informativos, a garantizar que las requisas se limiten a los fines de la colocación bajo orden de prisión preventiva, ya que la liberación provisional o la colocación bajo supervisión judicial no podrían causar un daño real y grave riesgo de perturbación del orden público. Finalmente, pidió a los miembros de la Fiscalía que le informaran de cualquier dificultad encontrada en la aplicación de esta circular.
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