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una autoescuela atrapada por el fraude

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Editorial París

Publicado el

16 de noviembre de 2024 a las 6:40 a.m.

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El tribunal administrativo de París despidió una autoescuela del distrito 17 que cuestionaba la legalidad de las multas administrativas que le había impuesto en mayo de 2022 la Dirección Departamental de Protección de la Población (DDPP).

Incumplimientos en los contratos

La SARLU Permis Accélérés, que gestiona la autoescuela de la calle Brochant, fue multada con dos multas de 1.500 euros cada una por “incumplimientos” en los contratos que hacía firmar a los candidatos al permiso de conducir.

“Siguiendo un queja del consumidor“, los servicios de prevención del fraude de París habían realizado controles en el otoño de 2021: luego destacaron un “incumplimiento del formalismo del contrato estándar» facilitados a las autoescuelas y una “falta de información sobre los datos de contacto del Mediador de Consumo”.

“Las condiciones y modalidades de enseñanza a la conducción de vehículos de motor son objeto de un contrato escrito, de hecho lo establece el Código de Circulación. Este contrato se concluye después de una evaluación preliminar del candidato. Cumple con el contrato estándar de instrucción de conducción definido por decreto del Consejo de Estado. »

Por tanto, el contrato debe especificar los “precios de los servicios”, las “obligaciones de las partes”, las “condiciones de pago”, las “condiciones de desistimiento” o incluso “los métodos de solución de conflictos”. Cada incumplimiento puede ser sancionado con una multa “que no excederá” de 3.000 euros para el director de una autoescuela y de 15.000 euros para su empresa.

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“Faltan algunas menciones”

En este caso, la empresa MX fue culpable de “desconocimiento del método de presentación de precios” y de una “ausencia de ciertas menciones” sobre el “método de pago de la inscripción” para los concursos del código, por ejemplo. “Además, este contrato incluye la adición de determinadas menciones”, señala el tribunal administrativo de París en una sentencia del 19 de septiembre de 2024, que acaba de hacerse pública.

“A la vista de estas infracciones, la administración pudo adoptar las decisiones impugnadas sin error de Derecho ni de apreciación”, dedujeron los jueces, y ello “sin que ello repercuta en el hecho de que determinadas infracciones no difieren sustancialmente de las estipulaciones del contrato tipo.

También se demuestra la falta de datos de contacto de un mediador de consumidores, ya que la autoescuela había facilitado los de un bufete de abogados de la calle Cardinet (17). Sin embargo, no había sido aprobado por la Comisión de Evaluación y Control de la Mediación de Consumo, que es “la única competente para referenciar a los mediadores”.

La autoescuela, por tanto desestimada, tiene hasta mañana 19 de noviembre de 2024 para impugnar esta sentencia ante el tribunal administrativo de apelación de París.

/GP (PresionePimienta)

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