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Editorial París
Publicado el
16 de noviembre. 2024 a las 7:54 am
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El tribunal administrativo de Melun despidió al propietario de un apartamento en Ivry-sur-Seine (Val-de-Marne) que lo había embargado en diciembre de 2020 por no tener que pagar la “contribución del impuesto sobre la propiedad sobre las propiedades construidas” correspondiente al año 2020. Esta viuda –que dice vivir con su hija en Rouen (Sena Marítimo)– explicó que solo posee una casa pero que fue okupada por una pareja desde 2017. “Estoy señalada porque, viva o no en mi apartamento, debo pagar el impuesto, mientras que los okupas, aunque estén obligados, están exentos”, se enfureció.
Una cuestión de edad
La demandante también señaló que la renta fiscal de referencia de su hija era “cero”, que la suya era de sólo 8.264 euros para el año 2019 y que su marido y su hijo habían fallecido. “Como mi apartamento ha sido okupado independientemente de mi voluntad durante más de tres meses, es probable que quede exento”, resumió teniendo en cuenta las disposiciones del Código General de Impuestos (CGI) que prevén dicha exención “para las personas mayores, discapacitadas y/o discapacitado”.
“Los contribuyentes mayores de 75 años al 1 de enero del año fiscal están exentos del impuesto sobre el patrimonio (…) por el edificio habitado exclusivamente por ellos (…) cuando el monto de sus ingresos (…) no exceda del límite” previsto en otro artículo. del mismo código, dicen precisamente los textos.
“Esta disposición no subordina el beneficio de la desgravación a ninguna otra condición relativa al edificio que su asignación exclusiva a una vivienda por el propio contribuyente. »
Ella paga el impuesto sobre la vivienda en Normandía.
Por su parte, la septuagenaria afirmó también que “no sabe” si depende “del centro fiscal de Rouen o de Ivry”: la administración tributaria había rechazado precisamente su recurso amistoso alegando que su “residencia principal” estaba en Normandía. .
“La interesada no puede reclamar el beneficio de la exención (…) ya que (…) el 1 de enero de 2020 tenía 74 años y (…) no justifica ser beneficiaria del subsidio para adultos discapacitados”, decide finalmente el tribunal administrativo. de Melun en sentencia de 19 de septiembre de 2024 que acaba de hacerse pública.
“Además, (…) la interesada (…) declaró un domicilio en Rouen y estaba sujeta al impuesto sobre la vivienda por el alojamiento que ocupa en este domicilio desde (…) 2019”, señalan los jueces. En estas condiciones, ella “no vivía en la vivienda que poseía en Ivry-sur-Seine”, aunque ésta es una de las condiciones para obtener dicha reparación. “Las circunstancias que vivió la Sra.
El demandante también podría haberse beneficiado de dicha reducción del impuesto sobre la propiedad “en caso de desocupación de una casa normalmente destinada al alquiler”; simplemente es necesario demostrar que esta “desocupación” es “independiente de la voluntad del contribuyente”, que tiene “una duración de al menos tres meses” y que afecta al menos a “una parte susceptible de ser alquilada” del alojamiento.
Sin embargo, en este caso, la septuagenaria “no justifica la finalidad de alquiler” de su apartamento en Ivry-sur-Seine: no “lo ofreció en alquiler encomendando una agencia inmobiliaria” y tampoco “tomó medidas para desalojar a los okupas”. Por tanto, su solicitud fue rechazada.
GP-PrensaPepper
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