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El director del bar-restaurante, más sancionado

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Editorial París

Publicado el

8 de noviembre 2024 a las 6:58 am

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El juez sumario de tribunal administrativo de París validó el cierre administrativo de tres meses que había sido infligido a un bar-restaurante del distrito 19 de la capital que insistía en dejar fumar a sus clientes “fuera del salón de fumadores”.

El establecimiento, situado en la calle Cavendish, ya había sido notificado de un primer cierre de “dos meses” el 29 de mayo de 2024 por el prefecto de policía de París. Pero luego, los servicios policiales realizaron controles el 31 de mayo y el 1 de junio de 2024 y comprobaron que el establecimiento no estaba cerrado “a pesar de la medida pronunciada” unos días antes.

Clientes que fuman “fuera de la sala de fumadores”

También se había visto a clientes fumando “chisha” “fuera de la sala de fumadores”. Por tanto, el 12 de agosto de 2024, Laurent Nuñez declaró un nuevo cierre administrativo, esta vez por un período de “tres meses”. El bar restaurante recurrió urgentemente ante el tribunal administrativo de París.

Los efectos de esta medida tuvieron que suspenderse ya que “el equilibrio financiero del establecimiento está amenazado a corto plazo”. El cierre supone, efectivamente, una “pérdida de facturación”, pero todavía tiene que hacer frente a “gastos fijos”, como también atestiguó su contable.

“El requisito de urgencia al que está sujeta la adopción de una medida de suspensión debe considerarse cumplido cuando la decisión impugnada cause un perjuicio suficientemente grave e inmediato a un interés público, a la situación del solicitante o a los intereses que éste pretende defender. ”, comienza recordando al juez que conoce del proceso sumario en auto de 17 de septiembre de 2024, que acaba de hacerse público.

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“No se ha demostrado ninguna emergencia”

Pero, en este caso, las “meras afirmaciones” de la empresa y “la ausencia de documentos contables que acrediten las dificultades financieras invocadas” no permiten demostrar “la existencia de un perjuicio suficientemente grave e inmediato” que requeriría “la intervención con poca antelación” de un juez sumario “sin esperar a que se pronuncie sobre la legalidad de la decisión sobre el fondo”, considera el magistrado parisino.

El “único” certificado redactado por el contable de la empresa se contenta también con señalar, de manera “general”, la “gran dificultad financiera [de la société] desde el cierre administrativo” y el “riesgo de cesación de pago” en que incurre.

Sin embargo, esto “no puede sustituir la justificación requerida”, descarta el juez sumario del tribunal administrativo de París, a falta de “cualquier documento contable o de cualquier cifra precisa” sobre el “estado del flujo de caja” o “la monto de gastos a desembolsar en el corto plazo”.

“No justificar las circunstancias que caracterizan una situación de emergencia. […]hay motivos para rechazar la solicitud en todas sus conclusiones”, concluyó el magistrado.

El empresario siempre puede esperar ganar el caso en cuanto al fondo, tras un nuevo examen del mismo por tres jueces profesionales reunidos en formación colegiada, en un plazo de dieciocho meses a dos años. Si el tribunal administrativo de París le siguiera esta vez, el demandante podría reclamar una indemnización por sus diversos daños.

/CB (PresionePimienta)

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