El sector de los medios de comunicación en Senegal vuelve a verse sacudido por la actuación del Ministro de Comunicación, Telecomunicaciones y Asuntos Digitales, con la publicación del decreto 2024-3401, por el que se nombran los miembros del Consejo Nacional de Regulación Audiovisual (CNRA), de fecha 11 de diciembre de 2024.
Este documento contiene muchas deficiencias que indican, una vez más, la incompetencia del Ministro de Comunicación.
1) Los nombramientos para cargos civiles y militares son competencia exclusiva del Presidente de la República, mediante decreto. En ningún caso el nombramiento de los miembros de la CNRA podrá realizarse a propuesta del Ministro de Comunicación.
2) Los miembros de la CNRA tienen un mandato de seis años, no renovable y no revocable. No se trata en modo alguno de sustituirlos. Se trata también simplemente de un nuevo error garrafal debido al desconocimiento total de los textos que rigen el sector.
3) La CNRA es una “autoridad reguladora audiovisual independiente” (art. 1 ley nº 2006 que crea la CNRA). Como tal, entre sus responsabilidades, la CNRA garantiza, entre otras cosas, “la independencia y libertad de información y comunicación en el sector audiovisual” (art. 7). En la tradición republicana, ningún miembro de la CNRA puede estar afiliado a un partido político ni simpatizar públicamente con él.
4) Además, el CDEPS invita urgentemente a las autoridades a crear la Alta Autoridad para la Regulación de la Comunicación Audiovisual (HARCA), que debe sustituir durante mucho tiempo a la actual CNRA, de conformidad con los textos pertinentes del nuevo Código de Prensa, mientras respetando los criterios objetivos para su nombramiento. “Jub, jubal, jubanti” comienza con el respeto de las leyes vigentes; de lo contrario, sigue siendo un eslogan vacío.
De hecho, estas nuevas acciones del Ministro de Comunicación están en línea con todos los incumplimientos de su ministerio desde la llegada del tercer cambio político el 24 de marzo de 2024.
Cuando la Constitución consagra la libertad de prensa y el derecho a realizar negocios en todos los sectores, incluido el de los medios de comunicación, el ministro comete el delito de arrogarse el derecho de decir quién es un medio legal o no y qué empresa de prensa tiene el derecho. operar en territorio senegalés o no.
Recientemente, el anteproyecto de ley de publicidad excluye, tanto en su fase de desarrollo como en la de identificación de los actores del sector, a las empresas de prensa que son sin duda soportes naturales de la publicidad comercial.
Lamentablemente, todas estas acciones del Ministro de Comunicación, bajo el régimen del presidente Bassirou Diomaye Diakhar FAYE, terminaron creando una situación de tensión permanente con los medios de comunicación durante casi 10 meses (289 días). Desde el nombramiento del actual ministro, reina el terror y la arbitrariedad en el sector de la prensa en Senegal. En Senegal ya no hablamos de amenazas, sino de ataques recurrentes a la libertad de prensa.
Los medios de comunicación senegaleses, que contribuyeron en gran medida a tres cambios políticos, necesitan un ambiente de calma para seguir desempeñando su papel en la estabilidad y el desarrollo de Senegal.
Por el Consejo de Radiodifusores y Editores de
Prensa de Senegal (CDEPS)