Vendée: una paciente internada contra su voluntad en un hospital psiquiátrico pide ayuda a la justicia

Vendée: una paciente internada contra su voluntad en un hospital psiquiátrico pide ayuda a la justicia
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Editorial La Roche-sur-Yon

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16 de junio de 2024 a las 7:30 a.m.

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El juez sumario de tribunal administrativo de Nantes rechazó la nueva solicitud de un paciente de el hospital psiquiátrico de La Roche-sur-Yon (Vendée) que se había puesto en contacto con ella en el marco de un procedimiento de urgencia, el 4 de abril de 2024, para poner fin a su hospitalización obligatoria.

Para ello, el demandante envió al juez copia de una carta de un psiquiatra delEstablecimiento público de salud mental. (EPSM) Georges-Mazurellequien “le ofreció cita para el día 29 de abril de 2024 a las 13.45 horas para que fuera “examinada con miras a una medida de protección” y ello “a solicitud” de la Fiscalía. fiscal de La Roche-sur-Yon Sarah Huet. Por tanto, el paciente quería que el juez “anulara todas las decisiones [la concernant] incluyendo este último del fiscal Huet lo antes posible”.

De hecho, el prefecto de Vendée había internado a la interesada el 14 de diciembre de 2023 y había decidido su “hospitalización completa (…) siempre que no se sustituya por otra forma de atención” por otra decisión “tomada por recomendación médica”.

Interrogada por la Agencia Regional de Salud (ARS) de Pays de la Loire, el juez de libertades y detención (JLD) del tribunal judicial de La Roche-sur-Yon había juzgado esta medida “justificada” y la había mantenido el 22 de diciembre. 2023. El demandante había apelado, pero el Tribunal de Apelación de Poitiers había señalado el 19 de enero de 2024 que su solicitud era ahora “irrelevante”, ya que la paciente ya no estaba sujeta a una “hospitalización completa” en psiquiatría, sino sólo a una simple “atención ambulatoria” desde el 4 de enero de 2024.

“Obligar a curarse sin enfermedad”

Sin embargo, la demandante no se quedó ahí: el 19 de febrero de 2024, había pedido al mismo juez del mismo tribunal administrativo de Nantes que “levantara la medida de hospitalización parcial que aún está en vigor”.

ella todavía quería el prefecto de Vendée “Reconoce por correo la ligereza de sus servicios y los de la Agencia Regional de Salud” de Pays de la Loire: “no conocen la ley en este tipo de procedimiento de hospitalización automática”, sostuvo.

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Por lo tanto, quería que el representante del Estado en Vendée se encargara de “la formación (…) de todos sus subordinados” en este tipo de procedimiento o que le pagara “4.999 euros” como “prestación” que debía hacerse. daños y perjuicios que pretende reclamarle más adelante.

La paciente también pidió que el juez sumario ordene a “la clínica del Parc y al hospital de Mazurelle” “retirar de la circulación los certificados médicos” que le conciernen y que los dos establecimientos sanitarios “sancionen sanciones disciplinarias”. los médicos que los produjo con vistas a explotar los servicios del prefecto y de la JLD”.

El tribunal judicial de La Roche-sur-Yon tuvo que “anular la orden que permitía prorrogar el internamiento sin causas reales y graves”, la JLD “redactó otra lo antes posible” y el presidente del tribunal de Poitiers El recurso de apelación “destruye” su sentencia de 19 de enero de 2024 “que socava la autoridad de la justicia”.

Su “reputación” está “amenazada”

“Detenido arbitrariamente” y “privado de su libertad de ir y venir durante cuatro semanas”, se encuentra “en peligro inminente de encierro” y se ve “obligada a cuidarse sola sin enfermarse”. La “condición de emergencia” en este procedimiento sumario se mostró aún más “satisfecha” porque corre el “riesgo de envenenamiento” y su “reputación está amenazada”.

Pero “la autoridad judicial es la única autoridad competente para resolver conflictos contra eldecisiones de admisión a atención psiquiátrica“, tomada por el director de un establecimiento sanitario, a petición de un tercero o (…) por el representante del Estado”, le respondió entonces el juez del tribunal administrativo de Nantes en este primer auto del 26 de febrero. 2024. “Esto también se aplica a las solicitudes de compensación por consecuencias perjudiciales resultantes (…) de estas decisiones. »

Por tanto, en este nuevo auto de 8 de abril de 2024, el magistrado señala que el solicitante “no justifica una situación de emergencia lo que implica que una medida destinada a salvaguardar una libertad fundamental debe tomarse en un plazo de 48 horas”. Y un juez de emergencia no puede “anular” decisiones, sino simplemente “suspenderlas” temporalmente, recuerda al mismo tiempo al demandante.

“No parece inútil recordar (…) que “el desacato (…) de un magistrado (…) se castiga con un año de prisión y una multa de 15.000 euros”, desliza de paso el juez del tribunal sumario. el tribunal administrativo de Nantes.

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