luna solicitud del Estado belga para prohibir Sudinfo Cualquier nueva publicación relativa al comportamiento pasado de uno de los agentes de policía que estuvieron a cargo de la investigación del Qatargate es “manifiestamente infundada, incluso temeraria, por ser tan visiblemente contraria a la Constitución”, dictaminó el 22 de octubre Manuela Cadelli, presidenta del Tribunal de primera instancia de Namur. En un auto sin reservas, el juez, que se encontraba en un proceso sumario, desestimó la solicitud del Estado belga –representado por su Ministra del Interior, Annelies Verlinden (CD&V)– y de un policía federal de mantener inéditas cinco publicaciones que recordaban un incidente ocurrido durante la investigación sobre Qatargate y prohibir cualquier publicación similar en el futuro, bajo pena de multa de 1.000 euros por día.
El tema de la disputa: la grabación clandestina realizada por Francesco Giorgi, uno de los acusados del Qatargate, en mayo de 2023, cuando uno de los policías a cargo de la investigación fue a su encuentro para entregarle objetos personales incautados hace unos días. en la búsqueda. Durante su conversación con el agente, Francesco Giorgi había iniciado una grabación con el teléfono escondido en uno de sus bolsillos. Atrapando así al policía que se desató sobre uno de los otros imputados, Antonio Panzeri: “Sabemos que miente”, dijo varias veces el agente. Luego: “Haremos lo necesario para que no pase el (estado de) arrepentido”, “No debemos confiar en el sistema de justicia. »
Esta grabación había sido publicada y mencionada por varios sitios de información, incluido Sudinfo. El nombre del policía había sido publicado y en la red TikTok los medios habían difundido un vídeo en el que aparecían furtivamente fotografías de multas del expediente de investigación.
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“Sin culpa”
La petición del Estado y de la policía de prohibir cualquier publicación similar en el futuro es una petición de censura preventiva y, por tanto, contraria a los artículos 19 y 25 de la Constitución que protegen la libertad de expresión y de información, se lee en esencia en la orden. Sólo se puede reprimir el uso indebido de estas libertades, en retrospectivapor ejemplo en el contexto de una denuncia por difamación o una acción por daños y perjuicios.
Llamado a pronunciarse en procedimiento sumario, el presidente del tribunal también rechaza, en este caso, el concepto de urgencia mencionado por los demandantes: por un lado, porque las emisiones del vídeo y de la grabación impugnados no tienen nada que ver con las recientes. tuvieron lugar entre noviembre de 2023 y marzo de 2024, por otro lado porque el policía no especifica el alcance de este “daño significativo” que sufriría día a día. El magistrado señala también que “muchos medios de comunicación europeos han difundido y siguen difundiendo las informaciones controvertidas” y que el agente, tanto por su función como por los mensajes que difunde habitualmente en las redes sociales, debe tolerar “una cierta exposición mediática”. Finalmente, una vez más dando la razón. Sudinfo y a su abogada, Sandrine Carneroli, la jueza recuerda que “las informaciones que se pueden deducir del vídeo, de los artículos y quizás sobre todo de la grabación telefónica controvertida contribuyen sin duda a un debate de interés general, de naturaleza que interesará al público”. . » En definitiva, “no se puede señalar ninguna falta grave”, ni por parte del grupo de prensa ni de su periodista.
Contactado por la tardeMe Carneroli está encantado “de haber tomado una decisión tan buena”. “Esta es una decisión extremadamente importante para la libertad de prensa”, afirmó en un comunicado de prensa. Sudinfo. En el contexto actual donde aumentan las acciones de censura previa de medios ante los tribunales (…), es bueno leer tal decisión para el futuro de la libertad de prensa y el respeto a la Constitución. »
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