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¿Qué consecuencias en caso de accidente o avería?

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El Código de Carreteras fue modificado por la Ley de modernización, desarrollo y protección de los territorios de montaña, conocida como “Ley de Montaña 2” de 28 de diciembre de 2016.

Esta normativa sobre neumáticos de invierno obligatorios se implementó con el objetivo de reducir los riesgos asociados a la conducción en carreteras nevadas, heladas o resbaladizas.

En la práctica, tienes la opción de equipar tu vehículo con 4 neumáticos de invierno o llevar en el maletero cadenas metálicas o calcetines para la nieve que equiparán al menos tus dos ruedas motrices.

¿Qué equipo?

Si vives en una región con un clima templado, a la que no le afecta la ley sobre neumáticos para nieve, y sólo vas a la montaña unos pocos días al año, puedes simplemente llevar cadenas o calcetines en tu vehículo.

Atención ! De 1es A partir de noviembre de 2024, según la ley de Montaña sólo se admitirán neumáticos homologados 3PMSF (tres picos de montaña con copos de nieve), en equivalencia a las cadenas.

Seguirá siendo posible la compra y utilización de otros neumáticos de nieve, pero los usuarios deberán, en este caso, disponer también de cadenas para circular de 1es Noviembre al 31 de marzo en las zonas afectadas por la medida.

Consecuencias del seguro

Si circulas por una zona cubierta por la ley de Montaña y tu vehículo no dispone del equipamiento o neumáticos adaptados a las condiciones, te arriesgas a una multa de 135 euros además de la inmovilización del vehículo.

Si los vehículos no cumplen la normativa, además del riesgo de accidentes, los usuarios pueden encontrarse sin garantías de cobertura por parte de su aseguradora.

Una aseguradora puede no cubrir los daños (materiales y/o corporales) si el vehículo no está equipado con neumáticos homologados o con cadena en caso de accidente.

¿Qué medios de verificación?

El asegurador podrá solicitar la prueba de que las ruedas estaban equipadas con dispositivos adecuados para cubrir el siniestro.

Si el equipo no estuviera presente en el momento del siniestro, el asegurador podrá no aplicar las garantías en función de las cláusulas previstas en el contrato. Se puede encargar a un perito que compruebe si, en el momento del accidente, el estado de la carretera requería la instalación de cadenas o calcetines.

Lo mismo se aplica a la asistencia si la catástrofe o avería es consecuencia directa de la falta de material en el momento de producirse. El asegurador podrá actuar contra el asegurado y solicitar el reembolso de las sumas ocasionadas.

Medidas por confirmar

Si este año la policía ya no ejerce la docencia y aplica estrictamente hablando Según los términos de la ley, los aseguradores tendrán que pasar sistemáticamente por una modificación que prevea las modificaciones de la cobertura de un siniestro si el vehículo no está equipado según los términos de la ley de la Montaña.

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