Guinea lanzó una batalla legal contra Tanzania para poder optar al billete de clasificación para la próxima edición de la Copa Africana de Naciones (CAN 2024).
Golpeado en el suelo delante Las «estrellas del Kilimanjaro», el “Syli Nacional” presentó un recurso de apelación ante la Confederación Africana de Fútbol (CAF) para impugnar la inelegibilidad del jugador tanzano Muhammad Ibrahim Ameculpable de haber llevado el número (26) que no corresponde al número escrito en la planilla del partido (24).
Para tener una idea más clara del veredicto que se espera del organismo rector del fútbol africano, « Pie África » preguntó el abogado tunecino Mohamed Touatiespecializado en Derecho Deportivo, que tiene la amabilidad de comentar este asunto.
¡El veredicto del abogado!
No creo que este error relacionado con el número de camiseta pueda considerarse una falta administrativa grave, sobre todo porque la Federación Internacional de Fútbol (FIFA) recomienda a las distintas federaciones continentales que tengan en cuenta el grado de influencia en el resultado de la competición. fósforo.
En este caso, el jugador tanzano en cuestión no marcó gol ni recibió tarjeta amarilla para hablar de una posible influencia en el destino de este encuentro.
También hay que recordar que el árbitro es considerado el único responsable del acta del partido y asume toda la responsabilidad por cualquier entrada incorrecta en la misma. Antes del inicio de cada partido, el árbitro debe comprobar las licencias, las caras de los jugadores y los números de las camisetas. Asume la responsabilidad de cualquier anomalía observada posteriormente.
Creo que la culpa es principalmente del “árbitro” que hizo una entrada equivocada en el acta del partido. A partir de ahí, Tanzania no puede ser acusada de falta administrativa grave, por lo que no se puede cuestionar el resultado del partido.
Senegal