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conoce tus derechos y defiéndelos

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En una época en la que las imágenes circulan rápidamente en plataformas en constante evolución, la cuestión de los derechos de autor es esencial para los fotógrafos. ¿Pero cómo proteger tus obras? ¿Cómo hacer valer tus derechos? Y antes que nada, ¿qué son? Con motivo de la campaña de otoño para el pago de regalías a los artistas miembros por parte de la ADAGP, una visión general de los derechos de los fotógrafos y cómo recibir una remuneración justa por su trabajo.

Poco conocidos y, sin embargo, centrales en la profesión, los derechos de autor de los fotógrafos se basan en dos pilares: los derechos morales y los derechos económicos que permiten a unos proteger la integridad de las obras y a otros controlar el uso de las imágenes y recibir una remuneración.

Cada fotógrafo se beneficia, en primer lugar, de derechos morales inalienables que no pueden transferirse ni venderse. Protegen las imágenes y el vínculo inquebrantable con su creador. Entre ellos, el derecho a respetar la integridad de la obra implica que el fotógrafo puede en cualquier momento oponerse a cualquier modificación, deformación o alteración de una fotografía que pueda deformarla. Pero también el derecho de autoría que permite ser reconocido como autor de una imagen. En concreto: cada vez que se utiliza una fotografía, se debe asociar a ella el nombre del fotógrafo.

Derechos de propiedad, pilares de la remuneración

Los derechos de propiedad son uno de los fundamentos de la remuneración de los fotógrafos. Permiten controlar la reproducción y distribución de imágenes. Reúnen el derecho de reproducción, que se refiere a los usos físicos (libro, periódico, postal, etc.), el derecho de representación (comunicación de la obra al público, directa o indirectamente, por ejemplo en un sitio web), el derecho de participación. que permite al autor recibir un porcentaje sobre el precio de reventa de sus obras cuando interviene un profesional del mercado del arte, y los derechos colectivos que cubren determinados usos de obras para las que, por razones prácticas o por uso excesivo No es posible una gestión masiva e individual.

Al poder otorgarse (dentro de un límite de tiempo, lugar, distribución) a terceros mediante transferencias de derechos, los derechos patrimoniales son la base del poder de negociación. Stéphanie de Roquefeuil, de la Unión de Fotógrafos Profesionales (UPP), recuerda también en el sitio ellesfontla.culture.gouv.fr qué “Es esta transferencia de derechos la que constituye, para la mayoría de los fotógrafos, la principal fuente de ingresos. […] Es habitual escuchar a los organismos de radiodifusión decir que hay que cederles los derechos gratis porque “os dará visibilidad”. Debe invalidar este argumento inmediatamente. Resistir. Tu trabajo tiene valor”.

Confíenos la gestión de sus derechos para velar por su respeto

Gestionar los usos de sus obras y los derechos de autor relacionados es fundamental para que el fotógrafo pueda recibir una remuneración por la explotación de sus fotografías. Precisamente en este contexto, las organizaciones de gestión colectiva (OGC), como ADAGP, actúan como intermediarios necesarios agrupando la gestión de los derechos y controlando la explotación de las fotografías.

Al adherirse y declarar sus publicaciones a ADAGP, el fotógrafo se asegura de que cada uso de sus fotografías, incluso a nivel internacional, quede registrado y remunerado. Hasta el 31 de mayo de 2024, ADAGP había firmado acuerdos con 332 instituciones culturales, 88 medios de prensa y casi 300 emisoras de televisión en Francia, pero también en todo el mundo gracias a una red de 55 sociedades de autores internacionales.

Uno de los principales desafíos para los fotógrafos al unirse a una OGC como ADAGP, particularmente aquellos que trabajan con una agencia que gestiona sus derechos de reproducción y representación, es recopilar derechos colectivos. Estos últimos abarcan usos indirectos o derivados para los cuales no es posible la gestión individual de los derechos: reprografía (fotocopias), derechos de préstamo de biblioteca, retransmisión por cable, satélite y ADSL (programas de televisión), remuneración por copia privada (fotografías de obras realizadas por el público en exposiciones, capturas de pantalla, etc.) y usos educativos.

Como fotógrafo, es posible confiar a ADAGP toda la gestión de sus derechos de propiedad (derechos de reproducción y representación, derechos colectivos y derechos de reventa) o sólo la gestión de sus derechos colectivos.

La membresía en ADAGP (en forma de participación de 15,24 euros adquirida al ser miembro) le permite confiar la gestión de sus derechos a profesionales del derecho de autor, pero también beneficiarse de sistemas de apoyo (becas, residencias, donaciones) y tener acceso a asesoramiento jurídico y talleres de formación profesional.

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